Reglamentan el acceso a la moratoria para poder jubilarse

A casi dos años de la aprobación de la ley que creó el plan de reparación histórica para jubilados y pensionados y modificó algunos aspectos del sistema previsional, el Gobierno reglamentó algunos de sus artículos. Concretamente, lo hizo para aclarar los alcances de la moratoria que permite obtener beneficios sin haber hecho aportes o teniendo aportes, pero en cantidad insuficiente.

La resolución 4222 establece que, en el caso de los varones, solo pueden acceder a estos planes quienes hayan cumplido 65 años en 2004, es decir, quienes tienen hoy 78 o 79 años. Se trata de una posibilidad de acceso muy restringida, que se otorgará durante el plazo de un año contado desde ayer mismo, la fecha en que la medida, tomada en conjunto por la Anses y la AFIP, fue publicada en el Boletín Oficial. La deuda que podrán regularizar mediante el descuento de las cuotas de los haberes previsionales es la de aportes no hechos por períodos previos a 2004.

En el caso de las mujeres y tal como estaba previsto, pueden adherir a la moratoria las que hayan cumplido o cumplan 60 años entre el 23 de julio de 2016 y el 23 de julio de 2019, siempre que sean menores de 65 años.

La nueva normativa también establece que en todos los casos en que se pida la jubilación por moratoria deberá existir una situación patrimonial y socioeconómica que justifique el pedido. El artículo 1° de la resolución emitida ayer especifica que esa condición se debe cumplir incluso en los casos en que la persona en cuestión tiene registrados algunos aportes a la seguridad social.

Ese examen de la situación social, regulado en 2014, contempla aspectos como los ingresos percibidos, el valor del patrimonio y también el nivel de gastos y consumos. Para conocer esa información, se hacen cruces de datos con la AFIP.

Con respecto a los hombres que podrían acceder a una moratoria por aportes jubilatorios...

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