Cómo registrar a un perro 'potencialmente peligroso'

El Ovejero alemán es una de las razas consideradas potencialmente peligrosas.

A partir de nuevas reglamentaciones de la Ciudad de Buenos Aires y la Ciudad de La Plata , los dueños de perros de raza llamados "potencialmente peligrosos" deberán inscribirse en registros a cargo de la entidad ambiental de cada jurisdicción para conseguir un permiso de tenencia. En ambos casos, la inscripción es obligatoria y el incumplimiento de la norma puede acarrear multas.

En la Ciudad de Buenos Aires , esta nueva disposición se enmarca en la ley 4.078, aprobada en 2011 pero reglamentada y publicada en el Boletín Oficial porteño este viernes. La regulación crea el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos y determina la inscripción en el registro de los dueños de perros de las siguientes razas : pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu, akita inu, doberman, rottweiller, bullmastiff, dogo de burdeos, bull terrier, gran perro japonés, mastin napolitano, presa canario, ovejero alemán, cane corso y aquellos adiestrados para el ataque.

También se consideran dentro de esa lista a las cruzas entre animales de esas razas, así como con otras razas obteniendo una tipología similar , a saber: más de 20 kilogramos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado.

Lo mismo ocurre en la Ciudad de La Plata, donde se tomó la ley provincial N°14107 de 2010 para publicar la ordenanza comunal N°9548, que reglamenta el registro de los ejemplares de perros de las siguientes razas o sus cruzas : rottweiler, pitbull terrier, dogo argentino, fila brasileño, american staffordshire, staffordshire bull terrier, mastif, bullmastif, doberman, dogo de Burdeos, mastín napolitano, bull terrier, presa canario y akita inu.

Cómo registrarse en Ciudad de Buenos Aires

La ley 4.078 de la Ciudad establece que los propietarios deben registrar a sus perros dentro de los tres meses del nacimiento de los mismos; en su artículo 5°, la ley indica que esta medida es retroactiva, y que todos los dueños de este tipo de mascota deben registrarlos a partir de la reglamentación de la ley el pasado viernes.

Para inscribirse en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos hay que acceder vía web al Sistema Tramitación a Distancia (TAD) gestionado por el Gobierno de la...

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