Registrada Bajo el Nº 13732

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Enero de 2018
Fecha de la disposición 8 de Enero de 2018

REGISTRADA BAJO EL Nº 13732

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1

Declárase de interés general y sujeta a expropiación una fracción de.

terreno, ubicada en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, departamento Rosario,

que consta de 20 metros de ancho por 151,17 metros de largo en su costado Este y

150,43 metros de largo en su lado Oeste, conformando una superficie total a

expropiar de tres mil quince con 93 metros cuadrados (3.015,93 mt2) que

corresponde al lote 10 en mayor área, según Plano 15953 - Año 1957 de dicha

ciudad. Lindando de forma irregular en el lado Sud midiendo 583,15 metros y

lindando con un camino que los separa de lote de propiedad de sucesores de

Antonio Oyarzábal según título; en su costado Este mide 191,81 metros, lindando

con parte del lote once de este mismo plano; en su lado Oeste mide 146,10 metros,

lindando con un camino de 20 metros de ancho que lo separa del lote 6 de este

mismo plano y su lado Norte por una línea quebrada que se describe: partiendo del

punto Norte del costado Oeste y hacia el Este parte un primer tramo que mide

156,50 mts; al término de esta línea y hacia el Este arranca el tercer y último

tramo que mide 468,25 metros, y que al encontrarse con el extremo Norte de la

línea del costado Este cierra la figura lindando por este último rumbo en parte con

un camino de 20 metros de ancho que lo separa de los lotes 8 y 7, en parte con el

lote 9 y en parte con el lote 11, todos de este mismo plano, y encerrando una

superficie total de 10 hs. 39 a. 36 ca. y 83 da.- Inscripto en mayor área el dominio

al Tomo 538 - al Folio 111 - Nº 131761 - Año 1988, Registro General Rosario

(conforme inscripciones al Folio cronológico) y siendo su nomenclatura catastral

local Sección 4 Polígono A, Parcela 8/6, Nº 21110 .- PII Nº 16-08-00 344165/0006.

ARTÍCULO 2

La presente es con destino de apertura de calle pública de la ciudad.

de Villa Gobernador Gálvez, en un todo de acuerdo a las Ordenanzas Nº 2448/17 y

2456/17.

ARTÍCULO 3

Las erogaciones que demande la presente son a cargo de la.

Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, Departamento Rosario.

ARTÍCULO 4

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISITE.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Preside...

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