Registrada Bajo el Nº 13556

Fecha de Entrada en Vigor22 de Marzo de 2017
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2016

REGISTRADA BAJO EL Nº 13556

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1 Apruébase el Convenio Marco de Colaboración, celebrado en fecha 24 de septiembre de 2014, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la señora Ministra de Desarrollo Social de la Provincia, y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe -Segunda Circunscripción-.

Lo actuado por el funcionario a cargo del Ministerio de referencia en la firma del mencionado convenio, fue aprobado por el Poder Ejecutivo mediante Decreto N° 4419 de fecha 27 de noviembre de 2014 e inscripto bajo el N° 6325 en fecha 20 de octubre de 2014, al Folio 266, Tomo XI del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales, Decreto N° 1767/84 - Dirección General de Técnica Legislativa, y cuya copia como anexo forma parte integrante de esta ley.

ARTICULO 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

DECRETO N° 2250

SANTA FE, "Cuna de la Constitución...

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