Una reforma judicial es parte central del cambio estructural

AutorJuan C. Vega
CargoUniversidad Católica de Córdoba. Universidad Católica de Lovaina. Ex presidente de la Comisión de Legislación Penal de la HCDN.
Páginas1-3
Vega, Una reforma judicial es parte central del cambio estructural
1
Una reforma judicial es parte central
del cambio estructural*
Por Juan C. Vega1
“La justicia es a las sociedades lo que la verdad es a los sistemas
de pensamiento” (Rawls, John, Teoría de la justicia).
1. Introducción
Lo que ha explotado en la Argentina es un sistema de construcción de poder
político, económico y sindical, impregnado de corrupción, con impunidad judicial ga-
rantizada.
La propuesta de una mega ley de cambios sistémicos de ese sistema de acu-
mulación de poder, con fundamento en los Tratados de Derechos Humanos, está ex-
presada y desarrollada en La corrupción como modelo de poder (Bs. As., Astrea,
2019).
Catorce años es el tiempo que dura en Argentina un proceso judicial por co-
rrupción. Con un índice de condena de solo el 4%. Y los bienes robados nunca son
recuperados por la sociedad.
El costo económico de la corrupción, estimado a través de los sobreprecios en
la obra pública asciende a un promedio de 6.000 millones de dólares anuales en el
periodo investigado 2005/2015. Monto similar a lo que destina el Estado anualmente
para pagar todos los planes sociales. En esta estimación no se incluyen los sobrepre-
cios en los servicios públicos ni tampoco los sobreprecios en la obra pública provincial
(Informe de la Comisión de Expertos del Colegio de Abogados de Córdoba, 2018).
El sistema de poder argentino funciona así: sobreprecios, sobornos, enriqueci-
miento ilícito público y privado y lavado de activos.
El economista Paolo Mauro, ex Banco Mundial, elaboró una tesis por la cual
demuestra la relación existente entre el menor crecimiento del PBI per cápita e índices
de la corrupción.
La resolución 1/18 de Bogotá de la CIDH declara que la corrupción es hoy en
América la mayor violación a los derechos humanos. Y que la debilidad de los siste-
mas de justicia es la mayor causa de su impunidad.
Es muy difícil entender por qué razón estos hechos no fueron tenidos en cuenta
por el presidente Milei en el DNU 70 y en la ley ómnibus.
Quienes conocemos el derecho y la Justicia argentina, sabemos que hay jueces
de la CGT, jueces de los grandes empresarios y jueces militantes K.
* Bibliografía recomendada.
1 Universidad Católica de Córdoba. Universidad Católica de Lovaina. Ex presidente de la Co-
misión de Legislación Penal de la HCDN.

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