REFORMA DE ESTATUTO

Fecha15 Febrero 2023
Número de registro493886
EmisorFORESTAL G Y E S.A.

Por estar así dispuesto en los autos caratulados FORESTAL G Y E S.A. s/ Modificación de Contrato, Expte. Nº 2938 del año 2023, que tramita ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que los accionistas de FORESTAL G Y E S.A. resuelven, por unanimidad, según acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Nº 28 de fecha 24 de octubre de 2022, resuelven modificar el estatuto de la sociedad y reformar los siguientes artículos “Artículo Primero: La sociedad girará bajo la denominación “FORESTAL G y E S.A.” y tiene su domicilio en la localidad de Saladero Mariano Cabal, Dpto. Garay, Provincia de Santa Fe. La sociedad podrá establecer sucursales, agencias y representaciones, fijando domicilios especiales en cualquier parte de la ciudad, de la provincia, de la República Argentina o del exterior.”; “Artículo Segundo: La sociedad tendrá una duración de noventa y nueve (99) años contados desde la fecha de inscripción de la misma en el Registro Público de la ciudad de Santa Fe.”; “Artículo Tercero: El objeto de sociedad anónima se ejercerá por cuenta propia o ajena, directamente o asociada con terceros y comprenderá las siguientes actividades: I) PRIMARIA: La explotación y/o administración de bosques, forestación y reforestación de tierras, tala de montes e instalación y explotación de aserraderos; interviniendo en todos los procesos de producción y comercialización, incluyendo la tala de árboles, así como también la compra de árboles en pie para su posterior tala. II) INDUSTRIAL y COMERCIAL: La fabricación, comercialización fraccionamiento y distribución y actividades complementarias al ciclo productivo de pallets para transporte de mercaderías; la producción y comercialización de maderas; la elaboración de tablas o el procesamiento en rollos; la venta de madera en rollos, venta de leña cortezas, aserrín y demás derivados y subproductos; efectuada por cuenta propia y/o asociado a terceros. La sociedad no tiene por objeto ninguna de las actividades previstas por el art. 299 de la ley 19.550. Cuando los Trabajos y/o Servicios, en razón de la materia o como consecuencia de las disposiciones legales vigente, lo requieran serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar operaciones de importación y/c exportación; adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o éste contrato.”; “Artículo Cuarto: El...

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