Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 15 de Diciembre de 2020, expediente CFP 018708/2016/9/RH001

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

CFP 18708/2016/9/RH1

CCCF – S. I-

CFP 18708/2016/9/RH1

D.M.C.C. s/ recurso de queja

Juzgado N° 12 – Secretaría N° 24

59.998 P.V.G.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2020.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de queja interpuesto por la defensa de D.M.C.C. –a cargo del Dr. Ribas- originado en el rechazo de la apelación deducida contra el auto de fecha 30 de octubre pasado. Allí

    se estuvo a lo dispuesto oportunamente en cuanto a la expedición de un certificado que acreditara la inexistencia de imputación alguna contra su asistido.

  2. A fin de comprender la presentación de este recurso, haremos un breve repaso de las actuaciones.

    La causa se inició por denuncia efectuada el 30 de diciembre de 2016, basada en diversos artículos periodísticos, en la que se vinculaba al gobierno de entonces con diversos empresarios de la aeronavegación. Los hechos, relacionados con la irregular explotación y asignación del espacio aéreo argentino y con la adquisición y contratación de flotas y empresas aéreas, fueron clasificados por el Juez instructor y únicamente se mencionó al recurrente en el hecho nro. 6.

    Con la prueba obrante en autos, el magistrado resolvió archivar ese hecho por inexistencia de delito, decisión que fue confirmada por esta S. el 20 de noviembre de 2018. En dicha oportunidad y, ante el pedido de sobreseimiento de la defensa,

    expusimos que “La ecuación resulta lógica: si nunca pudieron defenderse es porque nunca fueron acusados, por ende, si no fueron acusados de un delito determinado, la solución del sobreseimiento –

    como una absolución anticipada- resulta inviable. Difícilmente se Fecha de firma: 15/12/2020

    Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.V.T., SECRETARIA DE CAMARA

    pueda desvincular a una persona de algo que fue, durante un tiempo prudencial, solo una suposición”.

    Sin embargo, la defensa de D.M.C.C., en reiteradas ocasiones volvió a pedir el sobreseimiento con fundamento en una petición de las autoridades estadounidenses (de que presente un certificado en donde conste que no posee acusaciones pendientes)

    para otorgarle una visa para poder residir en aquel país. La última petición data del 30 de septiembre del 2020.

    Frente a ello, el 30 de octubre, el Juez de la instancia anterior...

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