Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 25 de Junio de 2019, expediente CCC 035552/2013/8

Fecha de Resolución25 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3 Causa CCC 35552/2013/8 Registro nro.: 969/19 Buenos Aires, 25 de junio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver el planteo de nulidad formulado por el doctor N.F.O., que asiste técnicamente a J.E.F. de la resolución de esta Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal de fecha 20 de mayo de 2019, en la que se resolvió suspender el trámite el recurso de queja, en atención a la rebeldía declarada respecto de F., extremo que fue debidamente certificado en el incidente (registro 762/19).

Y CONSIDERANDO:

Que la decisión de esta Sala de suspender el trámite el recurso de queja, en atención a la rebeldía declarada respecto de J.E.F. no es de las resoluciones a las que se refiere el art. 446 del Código Procesal de la Nación como susceptibles de ser recurridas en revocatoria, pudiendo, si fuere el caso, ser impugnada por la vía del art. 14 de la ley 48 (confr. entre otros muchos precedentes, Sala I en causa nº 28 “C., A.H.

s/ recurso de queja”, reg. 30 del 31 de agosto de 1993; y esta Sala III en causas nº 1037 “R., M.O. s/ recurso de reposición”, reg. Nº 403/96 del 5/12/96 y nº 2492 “R., D.E. y otros s/

recurso de reposición” reg. 32/00 del 17/2/00).

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

Fecha de firma: 25/06/2019 Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: L.D.P.R., SECRETARIA DE CAMARA...

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