Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - Sala 1, 16 de Diciembre de 2014, expediente CCC 018537/2011/5/RH001

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2014
EmisorSala 1

Camara Federal de Casación Penal - Sala I - 18537 Recurso Queja Nº 5 - s/ESTAFA y Cámara Federal de Casación Penal DEFRAUDACION IMPUTADO: V.E.J. Y OTROS s/ESTAFA y DEFRAUDACION QUERELLANTE: FERRI , MARTÍN Y OTRO Buenos Aires, 16 de diciembre de 2014.

AUTOS Y VISTOS:

Para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de queja interpuesto por la querella en esta causa CCC 18537/2011.

Y CONSIDERANDO:

El señor juez doctor J.C.G. dijo:

  1. Que en las presentes actuaciones prima facie se imputó al doctor E.J.V., junto con la doctora J. De Año, de los siguientes hechos:

    1. El haber supuestamente llevado a engaño a la señora jueza del Juzgado Nacional en lo Civil nº

      95, mediante la presentación en el expediente 50699/07 “F., O.L. s/sucesión ab intestato” sobre el pedido de la ampliación de la declaratoria de herederos dictada respecto de M.F. con fecha 18 de junio de 2008, logrando que por sentencia de fecha 29 de diciembre de 2009 se incluyera al nombrado en representación de su padre pre fallecido C.I.F. en la sucesión de O.L.F..

      En dicha resolución la magistrada tuvo en cuenta el carácter de acreedora de la doctora De Año, con el patrocinio del doctor V., lo que estaba debidamente justificado con la copia certificada de la sentencia del 21 de julio de 2006 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 22, Secretaría nº 53, que condenó a M.F. al pago de una suma de dinero, destacándose en la misma resolución que de la copia del pagaré del expediente 14027/05 surge que el mismo fue suscripto por C.I.F. en el carácter de apoderado de aquel.

    2. El haber supuestamente engañado al titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 15, Secretaría nº 30, en virtud del juicio ejecutivo presentado el 30 de abril de 2008, expediente 190.524/08 ”V., E.J. c/Ferri s/ejecutivo”, como consecuencia del pagaré por u$51.210.- suscripto por C.I.F. como apoderado de su hijo M., Fecha de firma: 16/12/2014 1 Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION SUBROGANTE Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: L.M.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: A.M.F., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: J.R.D.A., SECRETARIO DE CAMARA presuntamente a sabiendas que el poder supuestamente otorgado de padre a hijo era inexistente, y por ende la representación aludida no era tal.

      Que aquello motivó que el magistrado ordenara con fecha 11 de noviembre de 2008 la ejecución contra M.F. y el embargo sobre su porción...

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