Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 4 de Diciembre de 2019, expediente FRO 001904/2013/TO02/43/RH017

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1

Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I FRO 1904/2013/TO2/43/RH17 Registro Nro. 2127/19 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FRO 1904/2013/TO2/43/RH17, caratulada “VALDEZ, M.L. s/recurso de queja” del registro de esta Sala I, acerca de la queja por recurso de casación denegado interpuesta por la defensa de M.L.V., contra la resolución del Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe que rechazo la suspensión del juicio a prueba solicitada en favor de la nombrada (cfr. fs. 78/82).

Y CONSIDERANDO:

El señor juez D.A.P. y la señora jueza doctora A.M.F. dijeron:

Que la parte recurrente en el recurso de casación manifestó su disconformidad con los argumentos expuestos por el Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe para rechazar la suspensión del juicio a prueba sin lograr refutarlos a través de sus agravios, defecto que obstaculiza la habilitación de esta instancia.

Asimismo, se advierte que no logra demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, y sólo expone su discrepancia sobre la interpretación de los elementos del caso que el tribunal de mérito consideró

relevantes, lo que demuestra la existencia de una fundamentación que no se comparte, pero no configura un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (C.S.J.N. Fallos: 306:262 y 314:451) o en los graves defectos del pronunciamiento (C.S.J.N. Fallos: 314:791; 321:1328 y 322:1605, entre otros), supuestos que habilitarían la jurisdicción de este Tribunal.

Fecha de firma: 04/12/2019 Alta en sistema: 06/12/2019 Firmado por: DIEGO G. BARROETAVEÑA, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #34070298#245958400#20191206115149177 Cámara Federal de Casación Penal CFCP – SALA I FRO 1904/2013/TO2/43/RH17 Por ello, corresponde declarar inadmisible esta presentación directa, con costas.

Tal es nuestro voto.

El señor juez D.G.B. dijo:

Sellada como se encuentra la suerte del presente recurso con el voto concordante de los señores jueces que me preceden, dejo a salvo...

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