Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 25 de Marzo de 2022, expediente CAF 003685/2021/4/RH001

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

SALA II

Buenos Aires, 25 de marzo del 2022.-

VISTOS estos autos 3685/2021/4 caratulados “Recurso de queja N° 4

- M° Desarrollo Productivo s/proceso de conocimiento”; y CONSIDERANDO:

  1. El 23/2/2022, en el marco del proceso principal (N° 3685/2021) el señor juez de grado tuvo por ampliada la demanda en los términos de la presentación de Fitnet SA y, dado el pedido cautelar introducido, dispuso oficiar a las reparticiones estatales requeridas (AFIP - DGA y Ministerio de Desarrollo Productivo) a los fines previstos en el artículo 4º de la ley 26.854.

    Contra esa decisión, el Ministerio de Desarrollo Productivo interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio.

    Sostuvo, en síntesis, que, de convalidarse lo resuelto:

    -se verificaría la modificación sustancial del objeto del proceso, contrariando lo dispuesto por resolución de Presidencia de esta Cámara del 23/6/2021;

    -se vulneraría su derecho de defensa en juicio;

    -se verificaría la desnaturalización del sistema de asignación de causas; y -se provocaría la indefinida dilación de la prosecución del proceso principal y el dictado de la sentencia definitiva.

    A ello, agregó que no existían razones suficientes que relevaran a la importadora de iniciar un nuevo proceso.

    Por resolución del 7/3/2022, el señor juez de grado:

    -rechazó la revocatoria intentada en atención a lo expresamente previsto en el artículo 331 del CPCCN y por no conmover los argumentos vertidos el criterio asumido; y -desestimó el recurso de apelación subsidiariamente interpuesto, por no causarle gravamen al recurrente.

  2. Disconforme con lo decidido, el Ministerio de Desarrollo Productivo inició el recurso de hecho bajo estudio.

    Fecha de firma: 25/03/2022

    Firmado por: J.L.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.M., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.C.C., JUEZ DE CAMARA

    En primer término, solicitó que -preliminarmente- se ordenara al juzgado de primera instancia que suspendiera el trámite de la medida cautelar objeto de la ampliación de demanda hasta tanto se resolviera la presente; o, en su defecto, en el supuesto en el que se admitiera la medida cautelar peticionada en virtud de la ampliación de demanda cuestionada y ello fuera apelado, que el recurso fuera concedido con efecto suspensivo.

    Luego, en sustancial síntesis, reiteró los argumentos propuestos por la revocatoria con apelación en subsidio intentada.

    Por ello, solicitó que se admitiera su presentación directa ante esta Cámara, se revocara la providencia del 7/3/2022, se concediera la apelación que intentara contra el auto del 23/2/2022 y, a fin de cuentas, dejando sin efecto lo decidido, se denegara la ampliación de...

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