Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 30 de Noviembre de 2017, expediente CNT 051585/2014/4

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expte. CNT 51.585/2014/4/RH2 JUZGADO Nº 18 CAUSA: “Incidente de Recurso de Queja. FONDO COMPENSADOR PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS TELEFONICOS c. AMX ARGENTINA S.A. s. Cobro de apor. o contrib.”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 del mes de noviembre de 2017.-

VISTO:

El recurso de fs. 64/69, y; CONSIDERANDO:

Del examen de las constancias de autos surge configurada prima facie una situación que justifica hacer una excepción al principio general que en materia de apelabilidad de resoluciones dictadas durante el proceso de ejecución de sentencias contiene el artículo 109 de la Ley 18.345, al sostener la quejosa que la resolución apelada de fecha 27/10/17 (v. fs. 40) menoscaba su derecho de defensa en juicio, conculcando derechos de raigambre constitucional, en cuanto concede, el 30/10/17, el recurso de apelación de parte actora del 18/10/17 –v. fs. 31/38- y el 3/11/17 desestima el recurso interpuesto por su parte –

v. fs. 44/45-, por lo que prima facie corresponde la apertura de la instancia.

Fecha de firma: 30/11/2017 Alta en sistema: 11/12/2017 Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.D.M., SECRETARIO #30907913#194930978#20171130141050489 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII Expte. CNT 51.585/2014/4/RH2 Por lo expuesto, corresponde se haga lugar a la queja, sin costas atento la índole de la cuestión (artículo 68 del C.P.C.C.N.) y conceder el recurso de apelación de fs.

44/45.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

I) Hacer lugar a la queja, conceder el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada (v. fs. 44/45); II)

Solicitar por oficio al Juzgado actuante la elevación de la causa...

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