Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Marzo de 2023, expediente FSA 005024/2015/3/RH001

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 5024/2015/3/RH1

Salta, 30 de marzo de 2023.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 5024/2015/3/RH1

caratulada: “A.M., G.A., originaria del Juzgado Federal de Salta N° 1; y RESULTANDO:

1) Que se reciben estas actuaciones en virtud del recurso de queja interpuesto el 13/3/23 por los defensores de D.F., J.E., J.J. y G.M., todos de apellido M. y de G.A.A.M., a raíz de la denegatoria de la concesión de su apelación planteada en contra del resolutorio del 17/2/23 en cuanto no incluyó a sus asistidos en el sobreseimiento que se dispuso en favor de otros imputados en la causa a pesar de encontrarse acusados por los mismos hechos.

Sostienen que la decisión que impugnaron resulta recurrible pues les causa un gravamen irreparable a sus defendidos en tanto fueron injusta e ilegalmente excluidos del beneficio desincriminatorio al que tenían derecho, generando una denegación de justicia.

Explicaron que sus representados tienen derecho a una resolución conclusiva que aclare su situación procesal por los hechos por los que fueron indagados y que son completamente diferentes al que motivó su procesamiento en el expediente N° 28302/2018 (en el que se investigan maniobras Fecha de firma: 30/03/2023

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA 1

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 5024/2015/3/RH1

fraudulentas que derivaron en la transferencia del inmueble matrícula catastral N° 486 del departamento de Rivadavia de esta provincia de Salta).

Señalaron que a mediados del año 2017

sus defendidos fueron indagados imputándoseles no solo defraudaciones relativas al citado inmueble matrícula N° 486, sino también “la defraudación vinculada al catastro N° 16764 del departamento de San Martín, respecto a los inmuebles identificados con las matrículas N° 293 y 765 ‘La China’ y ‘Pozo de Guayacán’, la escritura N° 75, maniobras con relación al inmueble identificado como el catastro N° 522 del departamento de Rivadavia y al catastro N° 44 cuyo titular registral es la firma Solveyra Tomkinson”, identificándose en cada caso conductas delictivas tales como falsificación de documentos de identidad,

adulteración de libros societarios, utilización de boletos de compraventa y poderes falsos, además de operaciones inmobiliarias y acuerdos celebrados mediante escrituras públicas.

Agregaron que, a pedido de la querella, se realizó el desglose de una parte de la investigación relacionada con el inmueble catastro N° 486 del departamento de Rivadavia, dando origen a la causa 28302/2018 en donde sus pupilos fueron procesados el 10/3/20.

2) Que las presentes actuaciones son consecuencia de la investigación iniciada en el fuero local en el expte. N° 26.418/13 caratulado “Vilte, H.V.; S.,

C.F.; D., M.Á.; P., H.; Guaymas,

R.H.P., D.R. y otros s/ asociación Fecha de firma: 30/03/2023

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

2

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA

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FSA 5024/2015/3/RH1

ilícita” que tramitaba ante el Juzgado de Instrucción Formal de 8°

nominación de la provincia de Salta, en la que se investigaba una organización presuntamente dedicada a realizar maniobras defraudatorias para desapoderar de inmuebles a sus titulares registrales; declarando el juez de provincia el 31/3/15 su incompetencia en razón de la materia para seguir entendiendo en la causa (fs. 4535/4542 y vta.).

Asumida la pesquisa en este fuero por parte del titular del Juzgado Federal N° 1 de Salta, el 26/7/17 se tomaron declaraciones indagatorias a los hermanos J.E.,

J.J., D.F. y G.M.M. y el 27/7/17 a G.A.A.M., endilgándoseles por igual “el hecho consistente en participar de una asociación ilícita de carácter estable que tuvo por objeto varias maniobras defraudatorias”, identificándose para todos las conductas desplegadas en relación al catastro N° 486, mientras que a J.E. se le atribuyeron, además, las llevadas a cabo respecto de las matrículas N° 3515 y N° 522 (ambos del depto. de Rivadavia) y el catastro N° 44 cuyo titular sería la firma “Solveyra Tomkinson”,

sin que se aclare localidad de su ubicación, sumándose a estas -en el caso de J.J., D.F. y G.M.M.- las defraudaciones vinculadas al catastro N° 16764 del depto. S.M., las matrículas N° 293 y N° 765 denominadas “La China” y “Pozo de Guayacán”, y el catastro N° 233 del depto.

de Rivadavia; imputándoseles a todos los delitos de asociación ilícita en concurso ideal con estafa y utilización de documento Fecha de firma: 30/03/2023

Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA 3

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA

Poder...

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