Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 22 de Septiembre de 2022, expediente CIV 006128/2022/3/RH002

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

6128/2022

Recurso Queja Nº 3 - c/ STETE, JULIO s/DESALOJO: COMODATO

Buenos Aires, de septiembre de 2022.- SR

Y VISTOS. CONSIDERANDO:

Se interpone el presente recurso de hecho en virtud del recurso de apelación denegado mediante auto de fecha 22 de agosto de 2022 que fuera suscripto en los autos principales, el cual se visualiza por el sistema informático, atento a que el recurrente no acompaña copia alguna de la misma. Se sustenta, el señor juez de grado, en que en virtud de lo dispuesto por los artículos 379 y 498 del CPCC la resolución recurrida resulta inapelable.

A tenor de las copias acompañadas y de la resolución antes mencionada, no cabe más que concluir que se encuentra ajustado a derecho.

En efecto, la cuestión que motiva la presente queja -de acuerdo a su naturaleza- no escapa al principio general establecido por el artículo 379 del Código Procesal referido a la inapelabilidad de las resoluciones adoptadas en materia de producción, denegación y sustanciación de pruebas.-

Asimismo y conforme lo establecido en el artículo 498

inciso 6°, lo decidido por el a quo resulta inapelable, por lo que no es posible revisar los fundamentos del decisorio atacado.-

En virtud de lo precedentemente expuesto, siendo procesalmente correcto el temperamento...

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