Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 5 de Julio de 2022, expediente FSM 090629/2017/3/RH001

Fecha de Resolución 5 de Julio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

FSM 90629/2017/3/RH1

REGISTRO NRO. 902 /22.4

Buenos Aires, 5 de julio de 2022

AUTOS Y VISTOS:

Integrada la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal por los doctores M.H.B.-.-, J.C. y Gustavo M.

Hornos, para resolver sobre la admisibilidad en la presente causa FSM 90629/2017/3/RH1 acerca de la queja, por recurso de casación denegado, interpuesta por S.D.O. y M.M.G. apoderados de la Universidad Nacional de la Matanza -pretenso querellante-, contra la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de S.M., que resolvió “DECLARAR MAL CONCEDIDO el recurso de apelación interpuesto por el Dr. S.O. contra el auto de fecha 5 de noviembre de 2021 —que rechazó su solicitud de ser tenido como parte querellante en representación de la Universidad Nacional de la Matanza— y contra aquel de fecha 28 de octubre del mismo año —a través el cual se decretó el sobreseimiento de H.H.P. y de M.D.R.—”.

Y CONSIDERANDO:

Los jueces doctores M.H.B. y J.C. dijeron:

Que esta Cámara ya se ha pronunciado en el sentido de que el pretenso querellante posee la facultad de recurrir ante esta instancia, dado que Fecha de firma: 05/07/2022

Alta en sistema: 06/07/2022

Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION

Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA

...a quien se le ha denegado su pretensión para asumir tal función procesal (querellante) no agota su capacidad recursiva en la apelación ante la segunda instancia correspondiente, sino que, en búsqueda de una decisión fundada por parte del Tribunal que se ha pronunciado, derecho innegable que se ampara en la garantía constitucional del debido proceso contemplado en el art. 18 de nuestra Constitución Nacional, tiene la facultad de acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través del recurso extraordinario, y, lógicamente, a esta Cámara Nacional de Casación Penal a través del recurso de casación

(cfr. Fallo P.N.. 11 de esta Cámara, “ZICHY THYSSEN”, dictado el 23 de junio de 2006; causa Nro. 2382/12 “BNP PARIBAS s/queja”,

Reg. Nro. 2382/12 de esta Sala, rta. el 2/12/12;

causa Nro. 14.948 “GUARINONI, R.V.s., Reg. Nro. 2573/12, rta. el 27/12/12; CFP

10066/2014/1/RH1, “DELFINO, M.E. s/queja”,

Reg. Nro. 146/15, rta. el 20/2/2015 y FTU

23105/2015/10/RH7, “ZELAYA, L.A. s/queja”,

Reg. Nro. 1671/18...

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