Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 2 de Diciembre de 2016, expediente FTU 027133/2014/3/RH001

Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 FTU 27133/2014/3/RH1 REGISTRO NRO. 1561/16.4 Buenos Aires, 2 de diciembre de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa FTU 27133/2014/3/RH1, caratulada “GALIAN, J.G. y SALAS J. s/recurso de casación”, acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario federal presentado a fs. 39/49 vta. por el Defensor Público Oficial, doctor S.G.B., asistiendo a J.G.G. y J.S., contra la resolución dictada por esta Sala IV, en cuanto resolvió no hacer lugar a la queja interpuesta contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, que revocó la nulidad del requerimiento de instrucción (fs. 38 y vta.). Ello en virtud de las previsiones contenidas en los arts. 14 de la ley 48, 6 de la ley 4055 y 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Y CONSIDERANDO:

Que la decisión a cuyo reexamen por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación se aspira no constituye sentencia definitiva ni puede considerase equiparable por sus efectos.

Además, como reiteradamente lo ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario exige entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre.

Fecha de firma: 02/12/2016 Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA DE CASACION Firmado(ante mi) por: S.M.M., Prosecretaria de Cámara #28715324#168198794#20161202134024040 No cabe hacer excepción del principio mencionado en porque se alegó la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, en atención al carácter restrictivo de la misma puesto que para que prospere la impugnación con ese respaldo, es necesario que se demuestren...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR