Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA DE FERIA, 26 de Enero de 2024, expediente FBB 010209/2023/2/CFC002

Fecha de Resolución26 de Enero de 2024
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA DE FERIA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALADE FERIASala de feria Causa Nº FBB 10209/2023/2/CFC2,“Maruelli, Carlos Alberto s/ recurso de casación”Registro nro.: 105/2024En la ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de enero de 2024, se reúne la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal integrada por la doctora Angela E. Ledesma como Presidente y los doctores Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos,asistidos por la secretaria actuante, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto en la presente causa FBB 10209/2023/2/CFC2, caratulada “MARUELLI, Carlos Alberto s/recurso de casación”.Representa al Ministerio Publico Fiscal, el doctor Raul Omar Pleé, y asiste a Carlos Alberto Maruelli,el Defensor Público Oficial, doctor Ignacio Tedesco.I. La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, con fecha 29 de diciembre de 2023resolvió:, “Rechazar el recurso de apelación interpuesto el 21/12/2023, por el Defensor Público coadyuvante y, en consecuencia, confirmar la resolución apelada mediante la cual se rechazó la presente acción de habeas corpus, el 20/12/2023 (fs.49/51).”II. Contra esa decisión, la defensa de Carlos Alberto Maruelli –representada por el defensor oficial Gabriel Darío Jarque- interpuso recurso de casación, cuya denegatoria motivó la presentación directa en estudio, que fue concedida el 24 de enero de 2024.III. El presentante adujo que las afirmaciones de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca,al considerar que no advertía un agravio federal y que los planteos formulados por el encartado fueron debidamente abordados, ocasionó una vulneración de los derechos enunciados, en particular los relativos a la progresividad del régimen de ejecución de la pena y a la resocialización del privado de libertad,Fecha de firma: 26/01/2024Firmado por: CARLOS JAVIER CARBAJO, JUEZ DE CAMARA DE CASACIONFirmado por: ANGELA ESTER LEDESMA, JUEZ DE CAMARA DE CASACIONFirmado por: GUSTAVO M. HORNOS, JUEZ DE CAMARAFirmado por: MARIA DE LOS MILAGROS ZONIS, PROSECRETARIO DE CAMARA#38607234#398089934#20240126131804298derivando ello en un agravamiento de las condiciones de detención.Solicitó que se case la decisión impugnada e hizo reserva del caso federal.IV. Con fecha 25 de enero del corriente año se dejó constancia de haberse celebrado la audiencia prevista en el art. 465 bis del CPPN, oportunidad en que la Defensa Pública Oficial compareció e hizo uso de su derecho de informar oralmente y agregó...

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