Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 6 de Octubre de 2022, expediente CIV 010186/2021/2/RH001
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A
KLACHKO CAROLINA DENISE c/ ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS
DIRECTOS EMPRESARIALES (O.S.D.E.) Y OTRO s/ DAÑOS Y
PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AU
X. s/ INCIDENTE DE
RECURSO DE QUEJA
(J.H.)
EXPTE. N° 10186/2021/2/RH1 -J. 100-
RELACION N° 010186/2021/2/RH001.-
Buenos Aires, octubre 6 de 2022.-
Y VISTOS:
Y CONSIDERANDO:
El recurso de queja por apelación denegada, también denominado directo o de hecho, es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano judicial competente para entender en segunda o tercera instancia ordinaria -tras revisar el juicio de admisibilidad formulado por el Magistrado de grado-
revoque la providencia que deniega la apelación, y declare que dicho remedio es admisible, en la forma y con los efectos que correspondan (conf. Palacio, L.E. “Derecho Procesal Civil”, Abeledo-Perrot,
Buenos Aires, T° V, nº 558, pág. 127).-
Ello sentado, cuadra señalar que, en la especie, la Sra. juez de grado desestimó el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del 6 de septiembre de 2022, con fundamento en lo dispuesto por el art. 379 del Código Procesal.-
Al respecto, es de recordar que con el objeto de evitar las múltiples dilaciones que produce la interposición y trámite de recursos durante el período de prueba, el Código Procesal contiene el art.
379 y el art. 385, con arreglo a los cuales son inapelables las resoluciones del juez de primera instancia sobre producción, denegación y sustanciación de las pruebas, así como aquellas que dan por decaída la facultad de producirlas. Igualmente, las resoluciones dictadas en la etapa probatoria que Fecha de firma: 06/10/2022
Firmado por: RICARDO LI ROSI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA
versen sobre los incidentes que se plantean en general en la misma, devienen inapelables (conf. Morello Sosa-
Berizonce, “Códigos Procesales...”, T° V-A, pág. 197,
200, con abundante cita jurisprudencial; CNCiv., esta Sala, R. 080370/2015/2/RH001 del 29/11/21).-
En esta inteligencia es del caso...
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