Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 4 de Agosto de 2022, expediente CIV 017366/2007/2/RH002

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2022
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

17366/2007

Recurso Queja Nº 2 - HOUSTON DE OTAEGUI , MARIA

CRISTINA s/RENDICION DE CUENTAS

INFORMO: Que el presente recurso de hecho se encontraba a despacho en virtud de estar en trámite las causas conexas que se encuentran actualmente en grado de apelación ante este Tribunal, a los fines de resolverlos en conjunto. Buenos Aires, 04 de agosto de 2022.-

Buenos Aires, de agosto de 2022.- DEL

Téngase presente el informe que antecede.

AUTOS Y VISTOS:

La providencia que no es sino consecuencia de otra resolución ya firme es inapelable, pues lo contrario importaría consentir la revisión de decisiones judiciales que han pasado en autoridad de cosa juzgada, violentando el principio de inmutabilidad característico de tales resoluciones (CNCivil, S.B., R. 273.931 del 23/06/99,R. 291.835 del 16/03/00, R. 293.773 del 4/04/00, . R.

353.438 / 17/07/02 ; R.396.219,4/04/04).

Dicha situación es la que se presenta nuevamente en la especie, por cuanto la resolución atacada de fs. 15.487 con fecha 14/02/22, es consecuencia de lo dispuesto a fs. 15.246 de fecha 30/09/21, (providencia que motivó la interposición del recurso de hecho nro. 17366/07/1 que fue rechazado por el Tribunal por los mismos motivos invocados en el presente), y demás constancias obrantes en el proceso sucesorio principal...

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