Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 14 de Septiembre de 2021, expediente CCF 004167/2021/2/RH001

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

CAUSA 4167/2021/1/CA1 -I- INCIDENTE DE RECURSO DE

QUEJA DE OSPACARP EN AUTOS "FARINA ENRIQUE LUIS C/

OSDE Y OTRO S/ AMPARO DE SALUD"

Juzgado n° 4

Secretaría n° 7

Buenos Aires, de septiembre de 2021.

Y VISTO:

El recurso de queja interpuesto contra la providencia denegatoria del recurso de apelación interpuesto contra la intimación ordenada el 22 de junio, y CONSIDERANDO:

  1. El recurso de queja es el remedio procesal tendiente a obtener que el Tribunal competente para conocer en segunda instancia, tras revisar la decisión tomada por el juzgador revoque la providencia denegatoria de la apelación, la declare admisible y eventualmente disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan (conf. esta S., causas 2470/11 del 25.10.11, 2847/11

    del 27.10.11, 4677/11 del 6.12.11, 6221/13 del 12.12.13, 5458/92 del 1.9.15, entre otras).

    Ello sentado, se debe poner de manifiesto que el art. 15

    de la ley 16.986 -a cuyas normas cabe atenerse, en función del trámite dispuesto por el magistrado- prevé que sólo serán apelables la sentencia definitiva, las resoluciones previstas en el artículo 3º y las que dispongan medidas de no innovar o la suspensión de los efectos del acto impugnado.

    De tal manera, la resolución recurrida, en cuanto dispuso intimar a las demandadas para que acrediten el cabal cumplimiento de la medida cautelar dictada en los auto principales -bajo apercibimiento de aplicar astreintes-, no es susceptible del recurso de apelación, por no encontrarse comprendida dentro de los supuestos que contempla la Fecha de firma: 14/09/2021

    Alta en sistema: 16/09/2021

    Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.P.V., JUEZ DE CAMARA

    norma aplicable (conf. esta S., causas7591/08 del 16.9.08,

    12.868/07 del 2.6.11, 6226/11 del...

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