Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 18 de Junio de 2021, expediente CIV 016625/2015/2/RH001

Fecha de Resolución18 de Junio de 2021
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

16625/2015

Recurso Queja Nº 2 - BRITEZ, R.S. c/

MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE ARECO s/DAÑOS Y

PERJUICIOS

Buenos Aires, 18 de junio de 2021.- FE

AUTOS Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El recurso de queja, también denominado directo o de hecho, es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano judicial competente para conocer en segunda instancia ordinaria, tras revisar el juicio de admisibilidad formulado por el órgano inferior, revoque la denegatoria de la apelación, declare a ésta admisible y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan o bien, revise el efecto con que se ha concedido (conf. Lino E. Palacio, “Derecho Procesal Civil”, T.V, p.127, Editorial Abeledo Perrot).

En la especie, el recurrente solicita que se declare mal denegado el recurso de apelación interpuesto el 10 de mayo de 2021 contra la decisión del día 29 de abril de este año, por medio de la cual el Sr.

Juez de grado declaró a la parte demandada negligente en la producción de la prueba testimonial ofrecida.

Ahora bien, de conformidad con las pautas consagradas en el art. 379 del CPCC, resultan inapelables las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de pruebas, así como aquellas que dan por decaídas la facultad de producirlas (conf. Highton-Areán,

Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, T.7, pág. 400, Ed.

H..

Como regla, el régimen de inapelabilidad consagrado por el art.

379 del Código Procesal comprende todo lo relativo a la prueba, sea que la cuestión se refiera a las circunstancias de su ofrecimiento,

denegación o sustanciación, como las demás cuestiones que se Fecha de firma: 18/06/2021

Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR