Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 26 de Mayo de 2021, expediente CNT 026701/2012/2/RH002

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa Nº 26701/2012 Recurso Queja Nº 2 - MOREIRA J.C. s/ACCIDENTE -

ACCION CIVIL

Buenos Aires, 18 de mayo de 2021

VISTOS:

El recurso de queja interpuesto por PREVENCION

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., EN REPRESENTACIÓN DE

LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, ADMINISTRADORA

LEGAL DEL FONDO DE RESERVA DE LA LRT con fecha 23/02/2021,

dirigido a cuestionar la resolución de fecha 18/02/2021 que desestimó el recurso de apelación interpuesto con fecha 18/02/2021.

Y CONSIDERANDO:

I.- Que, al respecto, cabe observar que, si bien el art. 109 de la L.O. consagra la inapelabilidad de las resoluciones dictadas durante la etapa de ejecución, teniendo en cuenta la naturaleza de la cuestión planteada, se advierten configuradas las circunstancias de excepción que justifican la apertura de esta instancia; sin que esto implique pronunciamiento alguno respecto de la viabilidad de los agravios.

II.- Por las consideraciones formuladas, corresponde dejar sin efecto la resolución de fecha 18/2/2021 y, en su mérito, conceder el recurso de apelación interpuesto por PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., EN

REPRESENTACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION,

ADMINISTRADORA LEGAL DEL FONDO DE RESERVA DE LA LRT en las actuaciones principales (cuya copia luce agregada al registro digital del presente incidente), corriéndole traslado del memorial de fecha 18/02/2021 a la contraria por el plazo de tres días (art. 119 L.O.).

III.- Que, asimismo, en atención a que obra ante esta dependencia un Recurso de Hecho deducido por PREVENCION

ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., EN REPRESENTACIÓN DE

LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, ADMINISTRADORA

LEGAL DEL FONDO DE RESERVA DE LA LRT de idéntica carátula pero bajo el N° RH 1, en el que se han requerido las Fecha de firma: 26/05/2021

Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

actuaciones principales...

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