Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 21 de Octubre de 2020, expediente CIV 095558/2019/2/RH002

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2020
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J

EXPTE 95558/19/2 GIMENEZ S/ INC DE QUEJA

Buenos Aires, 21 de octubre de 2020. JC

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Viene el presente en forma digital a esta S. a los efectos de conocer sobre el recurso de queja por apelación denegada, interpuesto por la parte demandada.

El auto que se recurre, desestima el recurso de apelación deducido por resultar extemporáneo.

El recurso de queja por apelación denegada, denominado también de hecho o directo, es el remedio procesal tendente a obtener que el órgano judicial competente para conocer en segunda o tercera instancia revoque la providencia denegatoria de la apelación tras revisar el juicio de admisibilidad y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan (conf. F.-., “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Comentado, Anotado y Concordado”, t°. 2,

pág. 515, n. 1; C.N.Civil, esta S., c. 145.782 del 24/3/94, c. 145.513

del 5/4/94, c. 161.991 del 25/4/95, c. 187.001 del 29/12/95, c. 528.066

del 27/4/09, c. 534.494 del 19/8/09, c. 552.374 del 13/04/10 y c.

35.808 del 22/04/14, entre muchos otros). Asimismo, este remedio debe bastarse a sí mismo, incluyendo todos los recaudos para su resolución.

Corresponde adelantar que la presente no puede prosperar, toda vez que el recurso de apelación ha sido bien denegado por la Sra. Juez de grado.

En efecto, de las constancias de los autos principales (conf.

“Lex 100 Gestión Integral de Expedientes Judiciales) se advierte que la aquí incidentista fue notificada “ministerio legis” (conf. art. 133

CPCC) -conforme lo dispusiera la resolución judicial en crisis y lo cual fuera consentido por la recurrente- de la resolución dictada con Fecha de firma: 21/10/2020

Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

fecha 16 de marzo del corriente, el 14 de agosto próximo pasado.

Asimismo, cabe subrayar que no existe en el Soporte Informático constancia digital de haberse asentado nota.

Consecuentemente es que la...

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