Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 2 de Julio de 2020, expediente CAF 050509/2019/2

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

CAF 50509/2019 “Recurso Queja Nº 2 - SUPERMERCADO DE LOS FILTROS

SOCIEDAD DE HECHO DE MARCON GABRIEL LUIS Y MARCON RAUL

OMAR s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)”

Buenos Aires, 2 de julio de 2020.

VISTO:

El recurso de reposición deducido por la parte actora contra lo dispuesto el 24 de junio próximo pasado; y CONSIDERANDO:

Que, la recurrente cuestiona que el Tribunal haya mantenido su pronunciamiento del 23.06.20, mediante el que declaró desierta la queja promovida por Supermercado de los Filtros Sociedad de Hecho, con el objeto de revertir el fallo del juez de grado que, oportunamente, rechazó su apelación impugnando la falta de habilitación de la presente feria judicial a su respecto.

Sobre tal base, el recurso no puede prosperar, porque las resoluciones de las cámaras de apelaciones no son, como regla, susceptibles de revocatoria o reposición (arg. art. 160, 238 y 273 del CPCCN, y esta S., causa nº 46.733/2013 “Iñaqui SA c/ DNCI- s/ recurso directo de organismo externo”,

resol. del 15/3/16; y causa nº 6082/2001/CA4-CA5 “B.O.A. c/

EN- Mº O y SP-DNCP y VN s/ empleo público”, resol. del 7/6/16, entre muchas otras). Por lo demás, no se verifica en el caso circunstancia excepcional alguna que autorice a apartarse del principio referido; máxime, si se tiene en cuenta que la decisión que aquí se...

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