Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 6 de Septiembre de 2018, expediente COM 028796/2016/116/2

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala B SALA B 28796/2016/116/2/RH12 – ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A. S/LIQUIDACION JUDICIAL DE ASEGURADORAS S/ RECURSO DE QUEJA DE AGENCIA DE RECAUDACION FUEGUINA - AREF-

Juzgado n° 14 - Secretaría n° 27 Buenos Aires, 6 de septiembre de 2018.

Y VISTOS:

  1. Apeló el incidentista la resolución de fs. 1/5 con base en que no se admitió su planteo de aclaratoria respecto de la misma (ver fs. 6 y 14).

    El J. rechazó la apelación porque consideró que el monto del proceso la torna inaudible. Ello motivó la presente queja (ver fs. 34/35) que se rechazará.

  2. El quejoso no ha negado que el valor económico involucrado en el recurso de fs. 6 sea inferior al mínimo del art. 242 Cpr. (t.o. ley 26.536 actualizado por Acs. CSJN 45/16 vigente a la fecha de su interposición) que establece su inapelabilidad (conf.

    CNCom., Sala D, "Barco, T. c/ Centro de Suboficiales Retirados del Ejército y la Aeronaútica", 29.03.84; id. Sala E, "S., A.D. c/V., O. s/ ejecutivo", del 20.05.83; esta S., "Empresa Fecha de firma: 06/09/2018 Alta en sistema: 07/09/2018 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #32329036#213682092#20180906113943625 Comercializadora de Aceros Comac S.A. c/ R., C.J. s/

    ejecutivo", del 17.05.91, entre otros); ergo corresponde desestimar su recurso.

    Ello pues, este Tribunal carece de jurisdicción para...

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