Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 19 de Marzo de 2018, expediente CIV 144016/1996/2

Fecha de Resolución19 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 144016/1996 Recurso Queja Nº 2 - c/ IANELLO LEONARDO s/EJECUCION Buenos Aires, 20 de marzo de 2018.- DT AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen los autos a la Alzada para resolver el recurso de queja interpuesto a fs. 7/9.

  1. Cabe señalar primeramente, como es sabido, que el recurso de queja por apelación denegada, también denominado directo o de hecho, es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano jurisdiccional competente para entender en segunda o tercera instancia, tras revisar el juicio de admisibilidad formulado por el órgano inferior, revoque la providencia denegatoria de la apelación, declare a ésta, por consiguiente admisible, y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan (conf. Palacio, Lino, “Derecho Procesal Civil”, T.V.N.. 558, pág. 127).

  2. En la especie, el recurrente solicita que se declare mal denegado el recurso de apelación interpuesto contra la providencia dictada a fs. 5 por la que frente al planteo de morigeración de intereses, el Magistrado ordenó remitirse al pronunciamiento de fs. 1276 –confirmado por esta Alzada a fs.

    1290/1291- y por el que ya se aprobó la liquidación practicada en autos.

    Del examen del expediente principal que en este acto se tiene a la vista, surge que el planteo que el incidentista pretende introducir mediante su presentación de fs. 1298/1303 se trata de cuestiones que se encuentran precluidas, como acertadamente sostiene el magistrado de grado.

    En ese sentido es de señalar que el principio de preclusión tiene por objeto que los actos que componen el curso del Fecha de firma: 19/03/2018 Alta en...

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