Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 13 de Diciembre de 2016, expediente CAF 017196/2014/2/RH001

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 17.196/2014: Incidente de Recurso de Queja en autos:

BURGWARDT Y COMPAÑIA SAICYAG c/ EN- DNV s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2016. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que recurre en queja la parte demandada contra la providencia mediante la cual se denegó -con fundamento en lo establecido por el art. 379 del C.P.C.C.- el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que declaró la causa como de puro derecho (v. fs. 2/4, fs. 28, fs. 29 y fs. 30 de este incidente).

II- Que la queja reúne los requisitos de admisibilidad formal exigidos por el art. 282 y ccdtes. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, por lo que corresponde declararla abierta.

III- Que la apelación también resulta formalmente admisible.

En efecto, en reiteradas oportunidades se ha señalado que la resolución por la que el magistrado de primera instancia dispone la apertura a prueba de la causa resulta inapelable, pues esa decisión no ocasiona gravamen irreparable en los términos del inc. 3º, art. 242 del Código Procesal (conf. Highton, E.I., A.B., “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, T. 7, Ed. H.- 2007, pág. 127 y jurisprudencia citada; C.N.C.. y Com. Fed., S. 1, “Federación Argentina de Entidades de Serv. Fúnebres y AF c/ Instituto Nac. de S.. S.. para jubilados y pensionados s/ incumplimiento de prestación de obra social”, del 17/8/00; Sala 3, “Corradi SA c/ Administración General de Puertos s/ demandas contra AGP”, del 14/12/01, entre otros). Sin embargo, es apelable la resolución que declara la cuestión como de puro Fecha de firma: 13/12/2016 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #29157736#168605504#20161213101609861 Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 17.196/2014: Incidente de Recurso de Queja en autos:

BURGWARDT Y COMPAÑIA SAICYAG c/ EN- DNV s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO

derecho o que deja sin efecto la apertura a prueba decretada anterioridad (conf. jurispr. cit., F.E.M., Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, T. III, Ed. A.-P.- 1992, pág. 125; esta S., “G.H.D. y otros c/ EN -Mº Seguridad- GN- DTOS 2769/93 927/11 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg”, del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR