Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 14 de Junio de 2019, expediente FSM 109674/2018/19/RH001

Fecha de Resolución14 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3

Sala III Causa Nº FSM 109674/2018/19/RH1 Cámara Federal de Casación Penal “Parafita Castilla, J.L. s/queja”

Registro nro.: 900/19 Buenos Aires, 14 de junio de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Que la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, provincia de Buenos Aires, confirmó el rechazo de la prisión domiciliaria de J.L.P.C., resuelta por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero (ver fs. 1/3 y 4/6).

Contra esa decisión la defensa oficial interpuso recurso de casación a fs. 7/10, cuya inadmisibilidad motivó

la presentación directa en estudio (ver fs. 11/14 y 16/22).

Y CONSIDERANDO:

Los señores jueces doctores L.E.C. y E.R.R. dijeron:

Que la parte recurrente manifestó su disconformidad con los argumentos expuestos por el a quo para denegar el recurso de casación, sin lograr refutarlos a través de sus agravios, defecto que obstaculiza la habilitación de esta instancia.

Se advierte que no logra demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, y sólo expone su discrepancia sobre la interpretación de los elementos del caso que el a quo consideró relevantes, lo que demuestra la existencia de una fundamentación que no se comparte, pero no configura un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 306:262; 314:451) o en los graves defectos del pronunciamiento (Fallos: 314:791; 321:1328; 322:1605), supuestos que habilitarían la jurisdicción de este Tribunal.

Fecha de firma: 14/06/2019 Firmado por: LILIANA E. CATUCCI, JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA DE CASACION 1 Firmado(ante mi) por: E.B., PROSECRETARIO DE CAMARA #33633727#236911800#20190614141853715 Finalmente, en lo que hace a la doble instancia, tal extremo se halla debidamente garantizado por cuanto han recaído pronunciamientos concordantes del juez...

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