Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 19 de Febrero de 2021, expediente COM 021391/2018/13/RH001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial HTC

21.391/2018/13

MAILLOL S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO s/ RECURSO DE QUEJA

Buenos Aires, 19 de febrero de 2021

AUTOS Y VISTOS:

  1. ) Recurrió en queja la concursada en virtud del auto del 28/12/20

    mediante el cual el juez de grado rechazó el recurso de apelación interpuesto contra el decreto del 14/12/20, en donde se desestimó su petición de que se celebrara una audiencia en la que participaran la sindicatura, el Comité de Acreedores, la Dirección General de Concesiones y Permisos del Gobierno de la Ciudad, los representantes del sindicato Unión de Trabajadores del Turismo, H. y G. de la República Argentina y de su obra social y GEADA SA con quien se firmaría un contrato de gerenciamiento. Ello, con el propósito de demostrar la viabilidad del proyecto comercial tendiente a poner la empresa en marcha y a fin de que los comparecientes consintieran, autorizaran y dispusieran las medidas necesarias para ponerlo en práctica,

    en particular la extensión del plazo de concesión del espacio público sito en Av. R. Obligado 6551 CABA, en donde funciona el negocio explotado, conocido comercialmente como R..

    El juez fundó su rechazo en que la convocatoria de la audiencia peticionada participaba de las llamadas medidas para mejor proveer de conformidad con lo normado por el art. 36 inc. 2, ap. b) del Código Procesal, y que, como tales, eran inapelables.

  2. ) Debe recordarse en primer lugar que el recurso de queja, también denominado directo o de hecho es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano judicial competente en segunda o tercera instancia ordinarias, tras revisar el juicio de admisibilidad formulado por el órgano inferior, conceda la apelación o recurso extraordinario denegados o bien, modifique el efecto en que se concedió (cfr. Palacio,

    L.E., "Derecho Procesal Civil", T° V, p. 127 y ss.).-

    Ahora bien, más allá de que la audiencia desestimada fue solicitada por la concursada, ello no importa que no pueda ser encuadrada dentro de una medida para mejor proveer, denegada. Ello, pues si bien es habitual que sea el juez el que de oficio las disponga, nada se opone a que las partes las indiquen o sugieran (conf. F. –

    Fecha de firma: 19/02/2021

    Firmado por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA

    Maurino-Yañez, “Código Procesal Civil y...

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