Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 17 de Octubre de 2023, expediente CIV 044927/2019/1/RH001

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2023
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

44927/2019

Recurso Queja Nº 1 - C., E. N. Y OTRO c/ T., L. A. Y OTRO s EJECUCION ESPECIAL LEY 24.441

Buenos Aires, 17 de octubre de 2023.- CBG

AUTOS Y VISTOS:

  1. - Para decidir sobre la procedencia del recurso de queja deducido por el ejecutante contra el proveído del 4 de octubre de 2023 que denegó la apelación por él interpuesta contra los autos del 25 y 29 de septiembre de 2023 por no causar gravamen irreparable y porque, pese a tratarse de una ejecución extrajudicial, se halla plenamente judicializada y el ejecutado se encuentra en quiebra.

  2. - En el marco de una ejecución extrajudicial, el Sr.

    Juez de grado denegó el pedido del actor de ordenar la subasta del bien de autos sin base, en virtud de la oposición del síndico de la quiebra del ejecutado fundada en no vender el bien a un precio vil,

    quien solicitó que se reduzca la base en un 30 %. Consecuentemente,

    el Sr. Juez de grado fijó la base en la suma de U$S 90.000.

    En la decisión del 29 de septiembre de 2023 se hizo saber la fecha de la subasta, se ordenó la exhibición del bien, a cuyo fin se ordenó librar oficio al Sr. Juzgado de turno del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a fin de que nombre como Oficial de Justicia "ad hoc" al m. N. B. y, por consiguiente, se hizo saber que no se ordenará la entrega de la tenencia al acreedor.

    El ejecutante se quejó porque no se ordenó el tercer llamado a subasta sin base y pidió que se provea su pedido de otorgarle la tenencia a su parte.

  3. - Este Tribunal comparte la decisión del Sr. Juez de grado vinculada con que la decisión de subastar el bien con una base reducida, aun cuando se trate de un tercer llamado, no es pasible de causar gravamen irreparable al ejecutante, más si se advierte que la oposición del sindico de subastar el bien sin base tiene por fin no Fecha de firma: 17/10/2023

    Alta en sistema: 20/10/2023

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.B.G., PROSECRETARIA LETRADA

    perjudicar a la masa de acreedores, entre los cuales se encuentra el actor. En tal sentido y aun cuando se trató de circunstancias diferentes, cabe tener presente, solo a mayor abundamiento, que por decisión del 29 de abril de 2022 esta Sala ponderó que "se justifica fijar por un valor que no sea el de la deuda aquí reclamada, a fin de proteger los intereses de la masa de...

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