Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 5 de Septiembre de 2023, expediente FLP 024380/2023/1/RH001

Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 05 de septiembre de 2023.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP

24380/2023/1/RH1, caratulado: “Recurso Queja Nº 1 -

MONORY, L.B. c/ AFIP s/CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO-VARIOS”.-

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La parte actora interpuso el presente recurso de queja en los términos del artículo 284 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, contra el proveído del juez de primera instancia por el que concedió en relación y con efecto suspensivo el recurso de apelación subsidiario interpuesto por la demandada -AFIP-, contra la resolución de fecha 30/06/2023 que otorgó la medida cautelar por la actora solicitada.

  2. En lo que aquí respecta, el juez de primera instancia dictó una medida cautelar en la que hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la actora y, en consecuencia, ordenó al organismo demandado que comunique al Instituto de Previsión Social de la Pcia.

    De Buenos Aires, que se abstenga de efectuar y/o admitir descuentos y/o retenciones por el impuesto a las ganancias en los haberes previsionales de la actora.

    Contra dicha resolución, la demandada interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, el que fue concedido por el juez de grado en relación y con efecto suspensivo, en fecha 01/08/2023.

    En razón de ello, la parte actora dedujo el presente recurso de queja a fin de que se conceda el recurso interpuesto con efecto devolutivo.

  3. Ahora bien, si lo demandado carece de objeto actual, su decisión es inoficiosa (Fallos:

    253:246, entre muchos otros) puesto que la desaparición de los requisitos jurisdiccionales que habilitan su actuación importa la de poder juzgar, circunstancia comprobable aún de oficio (Fallos: 307:188; 308:1489;

    311:787).

    Fecha de firma: 05/09/2023

    Alta en sistema: 06/09/2023

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

  4. Sentado ello, habiéndose dictado en el día de la fecha la decisión por la que se confirmó

    parcialmente la resolución de primera instancia en el marco del expediente N° FLP24380/2023/CA1 caratulado:

    MONORY, LILIAN BEATRIZ C/ AFIP S/ CONTENCIOSO

    ADMINISTRATIVO-VARIOS

    cabe concluir que el objeto de la presente queja se ha tornado abstracto, lo que así SE

    RESUELVE:

    .

    Regístrese, notifíquese y archívese.

    R.A.L.A.J.E.D.L.

    JUEZ DE CÁMARA JUEZ DE CÁMARA

    E.S...

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