Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 28 de Junio de 2023, expediente CNT 026061/2021/1/RH001

Fecha de Resolución28 de Junio de 2023
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA IV

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 69.978 CAUSA N°

26061/2021/1/RH1 INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA

HERRERA DARUICH, VICTORIA C/ NUE SRL Y OTROS S/

DESPIDO

. SALA

IV. JUZGADO N° 22.-

Buenos Aires, 23 de junio de 2023

Y Visto:

La queja de los codemandados HERNANDO LAGOS MÁRMOL

DANIERI y EDUARDO ARTURO TESAIRE por denegación de la apelación deducida el 9 de junio contra la resolución del día 8 del mismo mes que desestimó por extemporánea una apelación anterior.

Y Considerando:

Que esta nueva apelación resulta formalmente inadmisible, pues,

como es sabido, cuando un juez o tribunal no concede un recurso, la parte que lo dedujo no tiene la facultad de apelar de la denegatoria,

sino que ha de recurrir directamente en queja ante el tribunal superior (Colombo, C.J., “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,

anotado y comentado”, 4ta. Edición, p. 456). En otras palabras, el auto que deniega una apelación sólo es susceptible de la queja ante la Cámara y no de una nueva apelación (CNAT, Sala IV, 12/9/06, S.I.

44.412, “S. de Hid, S.A. c/ Y.P.F. Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A. s/ Part. Accionariado obrero”; íd., 17/4/09,

S.D. 94.054, “A., A.O. c/ Telefónica de Argentina S.A. s/

diferencias de salarios”; íd., 27/9/11, S.

I. 48.426, “M., F.J. c/ Ascensores Servas SA s/ despido”; íd., 23/3/12, S.I 48.911,

Fecha de firma: 28/06/2023

Alta en sistema: 29/06/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.A.F., PROSECRETARIO DE CAMARA

D., M.I.c.R.E.R. y otro s/ tercería

; íd., 23/10/18,

S.

I. 59.039 “Ramos Ariel Leonardo c/ Telefónica de Argentina SA s/

despido”; íd., 26/2/20, S.

I. 62.330, “F., S.R. c/ Galeno ART

SA s/ accidente – ley especial”; íd., 15/9/21, S.

I. 65.063, “P., José

Mario y otros c/ Service New SRL y otro s/ despido”; CNCom., Sala D,

30/6/89, “R., J.c.B., R.; íd., Sala E, 17/8/89,

Banco de Galicia y Buenos Aires c/ Blanco Pinto, H.; íd., S.B.,

8/3/96, “Gerpe, J. c/ El Marisco SACIF”; íd., Sala D, 21/5/84, “B.,

A.c.A.H. s/ ejec.

; íd., S.E., 28/11/89, “M.,

H.S.c.S., J.A. s/

ejecutivo”).

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

Desestimar el recurso de queja.

C., regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvase.

S.E.P.V.H.C.G.J. de Cámara Juez de Cámara ANTE MÍ:

J.F.P.L.F. de firma: 28/06/2023

Alta en sistema: 29/06/2023

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.C.G.,...

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