Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 10 de Mayo de 2023, expediente CNT 066975/2016/1/RH001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

SALA I

66975/2016/1 INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA

M., R.L. c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY

ESPECIAL

JUZGADO DEL TRABAJO NRO. 31 SALA PRIMERA

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Buenos Aires, en la fecha de registro que surge del sistema lex 100.

VISTO

El recurso de hecho interpuesto por el Fondo de Reserva de LRT contra la decisión de grado que desestimó la apelación que dedujo la presentante;

Y CONSIDERANDO:

Que el art. 109 de la L.O. no permite la apertura de la instancia para cuestionar las decisiones que se adopten durante la etapa de ejecución, salvo aquellas resoluciones que se encuentran expresamente exceptuadas de tal regla general.

Esta regla general sólo puede ser atenuada cuando pueda verse afectado el principio de inviolabilidad de defensa en juicio o si mediante el acto cuestionado se desnaturalizan los efectos del pronunciamiento o lo resuelto comporta un apartamiento de lo decidido por él, o bien cuando por las particulares características planteadas, pudiera encontrarse comprometida la eficacia de la administración de justicia, todo lo cual exige una resolución rápida y adecuada que permita conjurar tales circunstancias por sobre todo excesivo rigorismo formal.

En tal contexto, teniendo en cuenta que el objeto específico de la queja se centra en la interpretación de la sentencia dictada por esta Sala y los alcances de la responsabilidad del Fondo de Reserva, corresponde declarar formalmente admisible la queja interpuesta, en atención a que se encuentra cumplido lo establecido por el art. 283

CPCCN. Por ello, propongo declarar mal denegado el recurso y disponer su tramitación.

Por ello el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Admitir el recurso de queja interpuesto y conceder el recurso de apelación deducido (escrito titulado: INTERPONE RECURSO

DE REVOCATORIA X INDICE RIPTE.- APELA EN SUBSIDIO.- CASO FEDERAL.-

M. ROSA [Presentado 02/06/2022 00:42), con efecto inmediato; 2) De los agravios, traslado a la contraria por tres días, a los cuales accederá a través de la consulta al sistema de gestión judicial LEX 100. NOTIFIQUESE. 3) Requiérase mediante oficio DEO la remisión de la causa principal. OFICIESE. 4) Cumplido, pasen autos a resolver.

Fecha de firma: 10/05/2023

Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.V.Z.V., SECRETARIA

Fecha de firma: 10/05/2023

Firmado por: M.C.H., JUEZ DE CAMARA

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