Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 11 de Abril de 2023, expediente CAF 010203/2021/1/RH001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV-

Expte. CAF 10203/2021/1/RH1 incidente de recurso de queja “G. J. F. c/ EN-AFIP

LEY 27605 s/ PROCESO DE CONOCIMIENTO”

Buenos Aires, abril de 2023 -

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, el 8/3/23, el actor recurrió en queja la providencia del 2/3/23,

    que denegó el recurso de revocatoria con el de apelación en subsidio, del 27/2/23, contra la resolución del 17/2/23, mediante la cual la jueza de primera instancia se expidió sobre la prueba pericial contable.

    Alegó la falta de fundamentación manifiesta de la decisión. Resaltó la relevancia de los puntos periciales impugnados y la utilidad fundamental de la prueba pericial contable para demostrar el carácter confiscatorio del tributo impugnado.

    Hizo énfasis en la importancia de poder apartarse del principio general que prevé el art. 379 del CPCCN, en tanto mantener lo resuelto implicaría una violación de su derecho de defensa en juicio.

    Citó jurisprudencia en favor de su posición.

  2. ) Que, la queja por apelación denegada constituye el remedio procesal tendiente a que el tribunal competente para conocer en segunda instancia, tras revisar el juicio de admisibilidad efectuado por el órgano inferior (ante todo en orden a si el recurso fue bien o mal denegado), determine la procedencia de la apelación y eventualmente disponga sustanciarla en la forma y con los efectos que correspondan (esta Sala, causa “V.G., R. y otro – RQU c/ CPACF (Expte 15114)”, sent.

    del 30/3/04 y “L., H. s/ conducta”, sent. del 7/12/92, entre muchas otras).

  3. ) Que, la presentación en examen reúne los requisitos de admisibilidad formal exigidos por los arts. 282 y 283 del CPCCN.

  4. ) Que, si bien el art. 379 del código de rito establece que resultarán inapelables las resoluciones del juez sobre producción, denegación y sustanciación de las pruebas, en el sub examine corresponde hacer lugar al planteo de la recurrente, en tanto se cuestiona el alcance de la probanza por excelencia a los efectos de la determinación de la constitucionalidad de la ley 27.605, circunstancia que (además de derivar en una actividad jurisdiccional superflua o en una afectación a la sustancialidad de las formas) podría generar una lesión a la defensa en juicio (en igual sentido, esta Sala, causa 9755/2021 “Recurso Queja Nº 1 – A. de C., M. s/ proceso de conocimiento”

    sentencia del 13/12/22 y Sala III, causa n°537/2021: “recurso de queja N°1 -

    Guckenheimer, J. c/ EN-PEN- AFIP s/...

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