Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL, 4 de Abril de 2023, expediente FMZ 061000824/2010/1/RH001

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

61000824/2010 “Recurso Queja Nº 1 - RICOBELLI CELIA TERESA C/

ANSES”

Mendoza.

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 61000824/2010/1/RH1, caratulados:

Incidente de Recurso de Queja, en autos R.C.T. c/ ANSES

en estado de resolver la presentación efectuada por el Dr. G.P.;

CONSIDERANDO:

  1. Que el nombrado profesional deduce recurso de queja (art. 282 del C.P.C.C.N.) contra el proveído notificado a su parte el día 21.03.2023. A través de este último, el Sr. Juez de primera instancia, desestima el recurso de apelación interpuesto con fecha 07.03.2023, contra el decreto por medio del cual dispuso: “Tratándose el presente de una ejecución de multa impuesta a la demandada ante sus reiterados incumplimientos, y, siendo inapelables las sentencias y las demás resoluciones, cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en los que el valor cuestionado no exceda la suma establecida por el art.

    242 del CPCCN, al recurso de apelación deducido no ha lugar por improcedente”.

  2. Que, en primer lugar cabe recordar que: “La queja por denegación de la apelación no constituye propiamente un recurso, sino sólo un medio por el que se procura obtener la concesión de ese recurso que el tribunal ante el que ha sido interpuesto ha declarado inadmisible…” “Este Fecha de firma: 04/04/2023

    Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.G., SECRETARIA DE CAMARA FEDERAL

    remedio cumple una función de garantía en la defensa de derechos” (Highton,

    Elena

  3. y Aréan, B.A., “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

    Concordado con los códigos provinciales. Análisis doctrinal y jurisprudencial.”,

    Tomo 5, pág. 440, 1ª ed., Buenos Aires, H., 2006).

    En términos similares, K., expresa: “Constituye una exquisita garantía para las partes, en resguardo de su derecho de defensa en juicio, … e importa reconocer en la alzada el juicio definitivo de admisibilidad de los recursos ordinarios que, en su función negativa, apareja la facultad de declarar la inadmisibilidad del recurso de apelación indebidamente concedido; y en su función positiva, la de otorgar el indebidamente denegado”

    (Kielmanovich, J.L., “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,

    Comentado y Anotado, pág. 765, 7ª ed., Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

    A.P., 2015).

  4. Que en autos, el recurso de queja ha sido oportunamente interpuesto, conforme a las previsiones del art. 282 del C.P.C.C.N. toda vez que, la denegatoria del recurso de apelación dispuesta por el Juez “a-quo”- con fundamento en el art. 242 del C.P.C.C.N.- es notificada a la actora con fecha 21.03.2023; y la queja ha sido presentada ante esta Cámara, con fecha 27.03.2023. Es decir dentro de los cinco días hábiles posteriores previstos por la precitada normativa.

    Asimismo, se han cumplimentado suficientemente los recaudos exigidos por el art. 283 del C.P.C.C.N.

    Ahora bien, en cuanto al fondo de la cuestión, se entiende que la decisión de rechazar el recurso de apelación, con fundamento en las previsiones Fecha de firma: 04/04/2023

    Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.G., SECRETARIA DE CAMARA FEDERAL

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

    del art. 242 del C.P.C.C.N., constituye una decisión arbitraria, carente de sustento jurídico.

    Ello, en tanto las excepciones contempladas por dicha normativa –

    esto es, concretamente “….procesos de alimentos y en los que se pretenda el desalojo de inmuebles o en aquellos donde se discuta la aplicación de sanciones procesales”; así como también, “los recursos deducidos contra las regulaciones de honorarios”, se encuentran expresamente previstas para ser excluidas de la...

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