Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 28 de Marzo de 2023, expediente CIV 094895/2021/1/RH001
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2023 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II
Causa n°94895/2021
Recurso Queja Nº 1 - FUENTES CAREAGA, IBLIN GABRIELA c/ BANCO
DE LA NACION ARGENTINA s/NULIDAD DE CONTRATO
Buenos Aires, 28 de marzo de 2023. MK
VISTO: el recurso de queja deducido por el Banco de la Nación Argentina el 17.3.23, contra la providencia denegatoria del recurso de apelación interpuesto; y CONSIDERANDO:
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El señor Juez, mediante pronunciamiento del 6.2.23 rechazó el planteo de caducidad de la instancia articulado por la demandada e impuso las costas a la vencida (arts.68 y 69 del CPCC).
Esta decisión fue apelada por el Banco accionado, únicamente en lo relativo a la imposición de costas resuelta, pero el recurso fue desestimado en el auto del 8.3.23 en virtud de lo dispuesto por el art. 317 del Código Procesal, lo que suscita la presente queja.
La recurrente peticiona que se le conceda el recurso sobre las costas con efecto diferido conforme lo establece el último párrafo del art. 69 y art. 260 del Código Procesal. En tal sentido, sostiene que no se encuentra en discusión que la caducidad sólo es apelable cuando ésta fuere declarada procedente (art. 317 del C.P.C.C.N.). Empero afirma que distinta es la solución sobre costas, la cual resulta susceptible de ser cuestionada mediante recurso de apelación, el que debe ser concedido con efecto diferido.
En esa línea de pensamiento, agrega que si bien las costas son un accesorio de la resolución principal, no hay ninguna justificación legal por la cual no pueda ser apelable la decisión que las impone en una incidencia sobre materia de caducidad cuando la ley establece un régimen general de apelabilidad de las costas, sin importar si la cuestión principal es recurrible o no.
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Así propuesta la cuestión, conviene recordar que el recurso de queja por apelación denegada, denominado también de hecho o directo, es el remedio procesal tendiente a obtener que el órgano judicial competente para conocer en segunda instancia ordinaria, tras revisar el juicio de admisibilidad formulado por el órgano inferior, revoque la providencia denegatoria de la Fecha de firma: 28/03/2023
Alta en sistema: 29/03/2023
Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA
apelación, declare a ésta admisible y disponga sustanciarla en la forma y efectos que correspondan, o bien, revise el efecto con que se ha concedido la...
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