Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 29 de Diciembre de 2022, expediente FCT 003222/2022/1/RH001
Fecha de Resolución | 29 de Diciembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
Corrientes, veintinueve de diciembre de dos mil veintidós.
Vistas: Estas actuaciones caratuladas: “Incidente de Recurso de Queja en autos:
Alegre M.A.c. s/ Amparo Ley 16986”, E.. N° FCT 3222/2022/1/RH1; y Considerando:
-
Que la parte actora formula queja por retardo de justicia del Juzgado Federal Nº
1, Secretaría N° 3, de esta ciudad manifestando –en lo esencial que su parte al promover
acción de amparo por salud, solicitó el dictado de medida cautelar innovativa –en fecha
30/09/2022 contra la demandada –PAMI y que el juzgado de origen omitió el
tratamiento.
Explica que a la fecha no se dictó sentencia respecto de la acción principal y ante
la falta de tratamiento del pedido de medida cautelar, en fecha 14 de diciembre de 2022
solicitó pronto despacho.
-
Que, a los fines de resolver el recurso articulado en este Tribunal, pasaron las
actuaciones al Acuerdo en fecha 22/12/2022.
-
Verificado el cumplimiento de los recaudos de admisibilidad corresponde
analizar la procedencia del presente recurso.
Al respecto, atento a lo expuesto por la recurrente y examinadas en el Sistema de
Gestión Judicial de Expedientes –Lex 100 las constancias de los autos principales, resulta
que, efectivamente la quejosa promovió demanda de amparo con pedido de medida
cautelar innovativa en fecha 30/09/2022, a fin de que se ordene “…al Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PAMI otorgue la cobertura económica
integral (100 %) Internación Domiciliaria Integral –IDI…”.
Empero, seguidamente puede verificarse que el 02/11/2022 el organismo
demandado informó el cumplimiento de la autorización solicitada en la demanda,
acompañando documental que así lo acredita, de lo que se corrió traslado a la actora por
proveído de fecha 03/11/2022.
Asimismo, el 14/12/2022 la parte actora presentó escritos cuyas sumas rezan
aclara sobre hecho nuevo y prueba nueva
y “pone en conocimiento solicita pronto
Fecha de firma: 29/12/2022 despacho” los cuales fueron proveídos por el a quo ordenando correr traslado a la
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.G., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
demandada por setenta y dos (72) horas, el día 19/12/2022, notificado el 21/12/2022.
De lo apuntado cabe afirmar que, en el caso, corresponde no...
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