Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 31 de Octubre de 2022, expediente CNT 034308/2016/1/RH001

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.INT. 2 - 3 EXPTE. Nº: CNT 34.308/2016/1/RH1

JUZGADO Nº: 51 SALA X

AUTOS: “FUENTES, JUAN DOMINGO C/ TELECOM ARGENTINA SA

Y OTRO S/DESPIDO – RECURSO DE QUEJA Nº: 1)”

Buenos Aires,

VISTO:

El recurso de queja interpuesto por Dr. E.S. (letrado del actor),

contra la providencia dictada en primera instancia con fecha 21/06/2022, por la cual se desestimó la revocatoria como también su apelación en los términos del art. 109 LO.

Y CONSIDERANDO:

I.- Que según surge de la presentación, el quejoso como IVA Responsable Inscripto solicitó que el actor ante el pacto de cuota litis homologado (en audiencia del 26/09/2016) abone el porcentaje en cuestión.

II.- Que ante ello el magistrado de grado resolvió “…Y con relación a la intimación de IVA sobre el pacto de cuota litis, excediendo el tope previsto en el art. 277

L.C.T. desestimase…” (auto del 14/06/2022).

III, - Que el Tribunal entiende, teniendo en cuenta las circunstancias del caso,

y en tanto se encuentra en juego el efectivo ejercicio de los derechos del recurrente en el proceso (art. 18 CN), que corresponde adoptar el temperamento previsto en el art. 105, inc.

h), LO y señalar que conforme lo expusiera el entonces Sr. Procurador General del Trabajo en el dictamen Nº 14135 del 10/03/93 (en autos: “N.M., A.c.C.. Ltda.

de Caucho y ot. s/ despido” del registro de la Sala IV CNAT), que a partir de la sanción de la ley 23871 no puede discutirse la incorporación de los servicios profesionales como hecho imponible. Por ende, en virtud de las características propias del diseño particular del Fecha de firma: 31/10/2022

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

impuesto, resulte pertinente que la parte que debe pagar los honorarios sea la que adicione al...

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