Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 31 de Mayo de 2022, expediente CNT 041543/2021/1/RH001

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE NRO.: 41543/2021

AUTOS: Recurso Queja Nº 1 - POSADA RODRIGUEZ, S.S. c/

TELECOM ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente el Tribunal procede a expedirse de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

La resolución dictada el 23/3/2022 donde se hizo efectivo el apercibimiento dispuesto con fecha 9/11/2021 con fundamento en el art. 55 de la LCT. Contra tal decisión la accionada interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio que el 4/4/2022 se tuvo presente en base a lo previsto en el art. 110 de la LO.

Luego, la parte demandada hizo una nueva presentación solicitado la elevación inmediata de la causa a la Alzada que mereció el despacho del 11/4/2022 que remitió a lo ya resuelto el día 4/4/2022; circunstancia que motivó la interposición del presente recurso de hecho.

Delimitada de tal modo la cuestión sometida a consideración del Tribunal cabe señalar que en lugar de promover el recurso de queja contra lo resuelto el 4/4/2022, el recurrente presentó un pedido de elevación inmediata a esta Alzada; pero éste carece de virtualidad para ampliar el plazo procesal que tenía para interponer el recurso de queja contra el efecto con el que fue concedida la apelación en la resolución del 4/4/2022 (conf. art. 129 de la LO). Cabe recordar que la vía procesal idónea para cuestionar la denegación de una apelación o del efecto con el que se pretende que sea otorgada, es el recurso de queja (en similar sentido, ver, entre muchos otros, Dictamen del Ministerio Público Nro. 28.565 del 13/12/99 en autos “S.J.B. c/ Constr.

Pro S.R.L. s/ Ley 22.250” del registro de la Sala IV”; íd. Dictamen Nro. 16.149 del 14/06/94 en autos “Caprino Remo c/ La Cantábrica S.A. s/ despido”; íd. Dictamen Nro.

39.174 del 21/10/04 en autos “O.G.R. c/ Industrias Term. P..

F.S.N.. 14546”...

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