Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 22 de Marzo de 2022, expediente FMZ 017640/2021/1/RH001

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B

FMZ 17640/2021/1/RH1

Mendoza,

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 17640/2021/1/RH1, caratulados:

INC. DE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS OTERO, GUSTAVO

FABIAN POR SU HIJO MENOR EMILIANO OTERO c/ PFA

SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR POLICIA FEDERAL

ARGENTINA s/ AMPARO LEY 16.986

, venidos a esta Sala “B” en

virtud del recurso de queja interpuesto por la demandada en fecha 6/12/21,

contra el proveído de fecha 3/12/21 que concedió la apelación de la medida

cautelar con efecto devolutivo;

Y CONSIDERANDO:

1) Que en fecha 6/12/21 se presenta la demandada Estado Nacional

Policía Federal y deduce recurso de queja contra el decreto de fecha

3/12/21 en virtud del cual se concede el recurso de apelación, por ella

interpuesto, con efecto devolutivo, contra la medida cautelar dictada en

fecha 9/11/21.

Expresa que la apelación debió concederse conforme lo dispuesto

por el art. 15 de la ley 16.986 y no, según el art. 198 del CPCCN. Aclara

que dicha norma expresamente dispone que el recurso de apelación

interpuesto contra una resolución que decreta una medida cautelar, deberá

concederse en ambos efectos.

Alega grave violación de la defensa en juicio y aplicación arbitraria y

errónea de la ley. Hace reserva del caso federal.

2) Cumplidos los trámites procesales pertinentes, se ordena el pase al

acuerdo.

Fecha de firma: 22/03/2022

Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.R.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.F.S., SECRETARIA DE CAMARA

3) Ingresando al análisis del recurso impetrado por la demandada,

esta Alzada considera que el mismo debe ser desestimado conforme la

postura sentada en los precedentes autos FMZ 33805/2016/1/1/RH1 “Inc.

de recurso de queja en autos: ARENAS F.D. c/ ANSES s/ Amparo

ley 16.986” de fecha 30/07/18, FMZ 33815/2016/1/1/RH1 “Incidente de

recurso de queja en autos CASTRO, H.M. c/ ANSES s/

Amparo ley 16.986”, de fecha 25/02/19, FMZ 15262/2020/2/CA1

DIASER S.A. c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo y otros s/Amparo

ley 16.986

, de fecha 29/07/21, FMZ 2050/2021/2/RH2, “Inc. de recurso

de queja en autos: MUÑOZ, M.I. c/ Obra Social de la Policía Federal

Argentina s/ amparo contra actos de particulares” del 27/09/2021, entre

muchos otros.

En todos ellos se consideró que no le asistía razón a la recurrente en

cuanto señalaba que el recurso de apelación deducido debía concederse en

ambos efectos.

Es...

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