Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 15 de Junio de 2021, expediente FLP 025332/2020/1/RH001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 15 de junio de 2021.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP 25332/2020/1/RH1, caratulado:

Recurso Queja Nº 1 - s/EXPROPIACIÓN / RETROCESIÓN

.-

Y CONSIDERANDO QUE:

I- El Sr. J.M.F. y la Sra. E.I.R., en su carácter de terceristas, interpusieron el presente recurso de queja contra la resolución del juez de primera instancia que rechazó el recurso de apelación por ellos interpuesto.

Para así decidir, el a quo remitió a lo establecido en la resolución de fecha 22/4/2021, en la que entendió que los presentantes carecían de legitimación para ser partes o terceros citados en estas actuaciones, atento a que no habrían acompañado documentación que acredite la titularidad de dominio del bien objeto de expropiación.

En consecuencia, estableció que dicha providencia era inapelable.

II- Conforme surge de las constancias obrantes en la causa, se presentaron el Sr. F. y la Sra. R., por derecho propio, a fin de promover demanda de tercería de dominio y/o mejor derecho, en los términos del artículo 97 y sigtes. Del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el marco de la expropiación debatida en el expediente Nº FLP24116/2020, caratulado “DIRECCIÓN NACIONAL

DE VIALIDAD c/ CADIMAS s/ EXPROPIACIÓN/RETROCESIÓN”.

Relatan que revisten la calidad de propietarios de los inmuebles objeto del procedimiento de expropiación, que fueron adquiridos a través de un boleto de compraventa celebrado el 22/11/91 con el Sr. P.R.V..

Refieren que en los meses de marzo del año 2020 y abril del año 2019,

firmaron convenios con la actora, en lo que les ofrecían el pago por las mejores realizadas y el valor de los lotes en cuestión. Sostienen que, estando todavía negociando, recibieron sendos mandamientos de posesión y desalojo de los bienes de su propiedad, bajo apercibimiento de lanzamiento si no se encontraban desocupados en un plazo de 30 días.

Asimismo, alegan que no fueron parte en el proceso de expropiación y tampoco citados a la audiencia solicitada, lo que les genera un estado de indefensión. Es ante esta situación que interpusieron el remedio procesal que contempla el CPCCN en el artículo 97.

III- De principio, cabe poner de relieve que uno de los presupuestos para asumir la calidad de parte en un proceso judicial es ser titular de la relación jurídica sustancial que lo motiva.

En el caso, como lo viene sosteniendo el señor juez de primera instancia en el expediente principal, ese extremo no se...

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