Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 29 de Marzo de 2021, expediente FGR 001037/2020/1/RH001

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Albornoz, M.H. c/ Provincia de Río Negro (Unidad de Control Previsional) s/ amparo ley 16.986 s/ recurso de queja” (FGR_1037/2020/1/RH1)

Juzgado Federal de General Roca General Roca, de marzo de 2021.

AUTOS Y VISTOS:

El recurso de hecho interpuesto por la recurrente;

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que debe declararse la caducidad de la instancia en esta queja por haber transcurrido el plazo establecido en el art.310, inc.2°), del CPCC.

    En efecto, la última actuación data del 17 de septiembre de 2020, en la que se hizo saber al recurrente que debía subir copia digital de la presentación (Fallos,

    317:1642, 321:1689; 324:710; 328:490; 329:2896; 330:2792).

  2. ) Que las costas se imponen al quejoso (art.15,

    ley 16.986).

    Asimismo, procede archivar los documentos digitales ingresados por la parte.

    Por lo expuesto, EL TRIBUNAL

    RESUELVE:

    1. Declarar la caducidad de la instancia en el presente recurso de queja, con costas;

    2. Archivar los documentos digitales ingresados por el recurrente;

    3. Registrar, notificar, publicar y,

    oportunamente, devolver para su agregación al principal.

    Fecha de firma: 29/03/2021

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.F...

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