Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 26 de Febrero de 2021, expediente COM 026336/2018/1/RH001

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial HTC

26.336 / 2018/1

BECERRA, N.O. c/ CENCOSUD S.A. s/ ORDINARIO S/ QUEJA

Buenos Aires, 26 de febrero de 2021.-

Y VISTOS:

  1. ) La demandada recurre en queja a la S. por la apelación que le fuera denegada en el proveído de fecha 29.12.2020 de las actuaciones principales y que interpuso contra la resolución de fecha 17.12.2020, en relación a la imposición de costas allí establecida.-

    El recurso fue denegado por el Sr. juez de grado con fundamento en que el monto comprometido en la incidencia era inferior al necesario para la audibilidad de la apelación establecida por el CPCC: 242, último párrafo.-

  2. ) Cabe señalar que en la resolución del 17.12.2020 el juzgante desestimó el acuse de negligencia de las pruebas testimonial e informativa deducido por la parte demandada e impuso las costas de la incidencia a la accionada en tanto resultó sustancialmente vencida (Cpr: 69). El accionado interpuso el recurso de apelación denegado, solamente contra la imposición de costas allí decidida, en los términos de lo previsto en el cuarto párrafo del art. 69 del CPCCN.

    Ahora bien, más allá de si la incidencia resulta apelable, o no, en atención al monto comprometido, no puede dejar de observarse que el art. 379 CPCC

    establece que “resultan inapelables las resoluciones del juez sobre producción,

    denegación y sustanciación de las pruebas”. De ahí que, siendo la materia principal inapelable de conformidad con lo dispuesto por el art. 379 CPCC, la imposición de costas recurrida también resulta inapelable por ser accesoria a aquella.-

    Fecha de firma: 26/02/2021

    Firmado por: M.V.B., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

    En efecto, tiene dicho este Tribunal que la regla de inapelabilidad que afecta a la decisión principal involucra a la decisión sobre costas. Ello, toda vez que no resulta factible emitir juicio acerca de esta última sin hacerlo también respecto de aquella (esta S., 8/4/88 "Muzkyan Ski, S. c/ M.M.A. s/ beneficio de litigar sin gastos", “GCC Group SA. c/ Lauro Asesores SRL. y otro s/ ordinario s/

    recurso de queja” del 26.08.2014 y “O.J.J. s/ quiebra c/ Establecimientos Metalúrgicos O.H. SRL. s/ ordinario s/ recurso de queja” del 11.11.14).

    Así, resultando inapelable la resolución que desestimó el acuse de negligencia de las pruebas testimonial e informativa deducido por la parte...

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