Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 19 de Julio de 2019, expediente CNT 013268/2018/1/RH001

Fecha de Resolución19 de Julio de 2019
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 60.946

CAUSA N° 13268/2018/1/RH1 SALA IV “JODAR, L.R.

C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL –

incidente recurso de queja” JUZGADO N° 42.

Buenos Aires, 19 de julio de 2019

VISTOS:

La queja de la demandada por denegación del recurso deducido contra la resolución que aprobó la liquidación aprobada por la perito contadora.

Y CONSIDERANDO:

Que esta S. ha sostenido reiteradamente, de conformidad con lo dispuesto por el art. 109 de la ley 18.345, la irrecurribilidad de las resoluciones dictadas en la etapa de ejecución,

salvo que se configure alguno de los supuestos de excepción que contempla dicha norma o que se advierta un compromiso a la garantía de la defensa en juicio según lo previsto por el art. 105 inc. h) de dicha ley procesal, o bien que la providencia impugnada llevara a desvirtuar la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada (cfr., entre muchísimas otras, S.D. 93.233 del 18/4/08, “M.S.c.G.H., M.M. s/ consignación”; S.

  1. 47.149 del 30/11/09,

    P.R.R.M. c/ Red Celeste y Blanca SA s/

    ejecución de créditos lab.

    ; S.

  2. 47.675 del 30/11/10, “B.L.H. c/ Tegnal S.A. s/ accidente – acción civil”; S.I.

    47.953 del 25/4/11, “G.J.C.A. c/ Señal Económica SA

    y otro s/ despido”; S.

  3. 49.836 del 14/2/13, “., D.H. y otros c/ Telecom Argentina SA y otro s/ diferencias de salarios” ).

    Que, en el caso, no se verifica ninguno de los supuestos referidos, dado que la resolución impugnada es propia de la etapa de ejecución de sentencia y no se advierte compromiso a la garantía de la defensa en juicio, porque la apelante tuvo oportunidad de ser oída y obtuvo una decisión fundada; a lo que cabe agregar que la expresión Fecha de firma: 19/07/2019

    Alta en sistema: 23/07/2020

    Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.G., PROSECRETARIA LETRADA

    Firmado por: M.P.D.S., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial...

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