Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV, 25 de Junio de 2019, expediente CNT 041647/2018/1/RH001

Fecha de Resolución25 de Junio de 2019
EmisorCÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IV

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 60.651

CAUSA Nº 41647/2018/1/RH1 SALA IV - “ATTIS, MARTIN

ADRIAN C/ LUED S.A. S/ DESPIDO – INCIDENTE DE

RECURSO DE QUEJA” - JUZGADO Nº 61.

Buenos Aires, 25 de junio de 2019

VISTO:

El recurso de hecho interpuesto por la demandada a fs.

71/75, tendiente a cuestionar el efecto diferido con que se tuvo presente la apelación deducida contra la resolución del 15/05/2019

que desestimó su pedido de citación como tercero del Sr. G.A.V..

Y CONSIDERANDO:

I) Que, tal como ha resuelto esta S. en casos de similares aristas (v., entre otros, “Instrumental Pasteur S.R.L. c/

Monzón, C.A. s/ Consignación”, SI Nº 48.303 del 19/08/2011, y “C., M.F. c/ Traiber, P.G.I. s/ Despido – Incidente de Recurso de Queja”, SI Nº 56.602 del 29/11/2017), tanto la doctrina como la jurisprudencia de esta Cámara y de la Fiscalía General han sostenido pacíficamente que, siempre que esté en debate la integración de la litis y particularmente cuando se desestima la citación de un tercero, corresponde tratar el recurso de apelación en forma inmediata, en salvaguarda de los principios de celeridad y economía procesal (Allocati, Amadeo -Dir.-, “Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo”,

Ed. Astrea, Bs. As., 1999, t. 2, p. 359; esta S., SI Nº 52.632 del 8/07/2015, in re “S., E.M. c/ Teletech Argentina S.A. y otro s/ Despido”, y SI Nº 56.541 del 22/11/2017 en autos “M.,

G.M. c/ Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. s/ Otros Reclamos – Incidente de Recurso de Queja”; S.I., 17/02/2003, SD

Nº 54.013, “C., P. c/ Miavasa S.A. y otro s/ Accidente”;

íd., S.V., 26/11/2002, SI Nº 25.576, “Atamaniuk, María

V. c/

Lipovetzky, J. y otros s/ Despido”; íd, S.V., 20/05/2004, SI

Fecha de firma: 25/06/2019

Alta en sistema: 22/07/2020

Firmado por: H.C.G., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.G., PROSECRETARIA LETRADA

Poder Judicial de la Nación Nº 24.859, “M., P.M. c/ Román S.A. s/ Despido”; íd.,

S.I., SD Nº 6.092, 26/03/2003, “Castillo, H. c/ Trinter S.A.

s/ Accidente”; F.G.T., 17/03/2000, Dictamen Nº 29.089, “Federación de Entidades Fabricantes de Pastas Frescas de la República Argentina c/ Sindicato de Trabajadores de la Industria de Pastas Alimenticias STIPA s/ Cobro de aportes o contribuciones”), criterio que comparto plenamente.

II) Que, en el caso de autos, cumplidos los recaudos del art. 283 del CPCCN, la naturaleza de la cuestión planteada...

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