Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 6 de Noviembre de 2020, expediente COM 034031/2019/1/RH001

Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2020
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

Recurso Queja Nº 1 - LE PIDE LA QUIEBRA OBRA SOCIAL DEL

PERSONAL GRAFICO

Expediente N° 34031/2019/1/RH1

Buenos Aires, 06 de noviembre de 2020.

I.V. en queja la peticionante de la quiebra a raíz de la denegatoria de la apelación que introdujo en subsidio contra la providencia del 15.9.20.

Mediante esta última, la secretaria del Juzgado de primera instancia proveyó que debía esperarse la contestación de un oficio requiriendo información registral antes de disponer sobre el pedido de citación al presunto deudor.

  1. La queja no puede prosperar.

    La providencia recurrida emanó –como fue dicho- de la secretaria del juzgado, por lo que no resulta susceptible de ser revisada mediante apelación,

    subsidiaria en el caso (art. 38 ter del código procesal).

    En efecto: la providencia actuarial resulta inapelable en tanto la norma expresamente prevé la revisión ante el juez, sin perjuicio del régimen recursivo correspondiente a esa decisión del magistrado sobre el mantenimiento del proveído (C.J.C.-.C.M.K., Código procesal civil y comercial de la Nación. Anotado y comentado, La Ley, Bs.

    As., 2006, t. I, págs. 335/6, v. esta S., 23.8.18, en “Cablevisión S.A.

    c/Fundación Iberoamericana de Estudios Superiores s/ordinario s/recurso de queja”; 28.10.16, en “F., J.S. y otros c/Madero Catering S.A. y otro s/ordinario”).

  2. Por ello, se

    RESUELVE:

    rechazar la queja.

    N. a por Secretaría.

    Fecha de firma: 06/11/2020

    Alta en sistema: 09/11/2020

    Firmado por: P.E.L., PROSECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: E.R.M., JUEZ DE 1 - LE PIDE LA QUIEBRA OBRA SOCIAL DEL PERSONAL GRAFICO Expediente N°

    Recurso Queja Nº CAMARA 34031/2019

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4°

    de...

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