Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 4 de Agosto de 2020, expediente CIV 021898/2020/1/RH001

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2020
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J

21898/2020 Recurso Queja Nº 1 - c/ H, P s/EJECUCION DE

ACUERDO - MEDIACION

Buenos Aires, de agosto de 2020.- JN

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

En razón de su alcance, el pronunciamiento atacado no ocasiona a los derechos que invoca la quejosa gravamen irreparable actual y concreto -insusceptible de ser enmendado o subsanado en el curso ulterior del proceso-, en los términos del artículo 242, inciso 3º,

del Código Procesal, en la medida que no impide a aquélla ejercer su derecho de defensa.

En efecto, la resolución atacada se ajusta a las circunstancias actualmente imperantes y, como en el caso de autos,

cuando se trata de resguardar el interés superior del niño atañe a los jueces buscar soluciones que se avengan con la urgencia y la naturaleza de las pretensiones, encausar los trámites por las vías expeditivas y evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos que cuentan con particular tutela jurisdiccional (CSJN, “., C.I. y otros c/

K., E. y otro”, del 06/02/2001, Fallos: 324:122; íd.

323:2021; 324:908).

En consecuencia, el recurso de apelación ha sido bien denegado.

Por lo que el Tribunal

RESUELVE:

Denegar el recurso de queja interpuesto.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR