Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 10 de Junio de 2020, expediente FTU 000824/2019/1/1/1/RH002
Fecha de Resolución | 10 de Junio de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN
824/2019 Recurso Queja Nº 1 - HOYOS, CESAR ANDRES Y OTRO c/
OBRA SOCIAL DE LOS SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA
METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (OSSIMRA)
s/AMPARO LEY 16.986
S.M. de Tucumán,
Y VISTOS: el recurso de queja interpuesto por la demandada a fs. 26/58; y CONSIDERANDO:
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Mediante proveído de fecha 31/10/2019 (fs. 13) el señor J. a quo dispuso: “…a la sustitución de embargo peticionada, no ha lugar por improcedente en atención a que el seguro de caución ofrecido no satisface la finalidad perseguida con dicho embargo, consistente en el efectivo cumplimiento de la medida cautelar decretada en las presentes actuaciones…”.
Disconforme con lo resuelto la parte demandada dedujo recurso de revocatoria con apelación en subsidio el que fue rechazado por improcedente (art. 15 de la Ley 16.986) mediante proveído de fecha 12/11/2019 (fs. 21). En virtud de lo resuelto, a fs. 26/58, la parte demandada interpuso recurso de queja por apelación denegada.
A fs. 60 dictaminó el señor F. General Ad-Hoc, Dr.
C.M.A., quedando la causa en estado de ser resuelta.
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Previo a entrar a tratar la cuestión materia de recurso conviene estar a las constancias de la presente causa.
Fecha de firma: 10/06/2020
Firmado por: C.M., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.I., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: D.J.E., CONJUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.S.H.E., CONJUEZ DE CAMARA 1
Según se constata en el Sistema de Gestión Lex 100,
se encuentra acreditada en la causa (expediente principal) la compra de viales de Elosulfase Alfa Vimizin con los fondos obtenidos del embargo trabado en la presente causa, el que fuera efectivizado mediante transferencia realizada a la Cuenta N°
3800395/10 del Banco de la Nación Argentina, de titularidad de Suizo Argentina S.A. por la suma de $ 7.040.000, por cuenta y orden de la Obra Social de los Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República...
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