Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 7 de Junio de 2019, expediente CIV 020440/2019/1/RH001

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2019
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G

Recurso Queja Nº 1 – N., A.N.c.C., S. Y OTROS s/EJECUCION

DE HONORARIOS – MEDIACION

J. 66 SALA G Expte. n° 20440/2019/1/RH1

Buenos Aires, de junio de 2019.- ML

AUTOS Y VISTOS:

Con motivo de la denegatoria copiada a fs. 11 (último párrafo), por tardío, del recurso de apelación reproducido a fs. 6/10 e interpuesto en subsidio contra la providencia cuya copia luce a fs. 4/5,

en cuanto el juez de grado ponderó el monto de los honorarios que corresponderían a la mediadora, viene en queja la ejecutante.

Como bien señala la recurrente, la primera providencia que hizo saber el nuevo juez que iba a conocer en el trámite, debió

serle notificada por cédula (art. 135, inc. 15°, CPCCN); máxime que el proceso había sido adjudicado a un juzgado distinto y luego pasó a tramitar en el de intervención actual, con motivo de la conexidad detectada con actuaciones que involucran a los aquí ejecutados.

De modo que, en el caso, no cabe tener por notificada en forma ficta a la ejecutante de la decisión que la afecta, adoptada en el mismo acto y que, al no haber sido debidamente anoticiada de la nueva radicación del expediente, resultó sorpresiva para su parte.

Por ende, cabe ponderar la notificación espontánea cumplida con el escrito de interposición de la apelación, y concluir que el recurso ha sido interpuesto en tiempo; además de considerar que la decisión que establece los honorarios de la mediadora con base en una norma distinta a la reclamada por aquélla, es susceptible de provocar gravamen irreparable que habilita la instancia recursiva (art.

242 CPCCN).

Por lo expuesto y sin perjuicio de lo que corresponda decidir en definitiva, SE

RESUELVE:

Admitir la queja interpuesta y Fecha de firma: 07/06/2019

Alta en sistema: 10/06/2019

Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por...

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