Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 27 de Agosto de 2019, expediente CNT 004576/2018/1/RH001

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 47791 SALA VI Expediente Nro.: CNT 4576/2018/1/RH1 (Juzg. N° 45)

AUTOS: “MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL c/

AIPR S.A. s/EJECUCION FISCAL” INCIDENTE DE RECURSO DE QUEJA Buenos Aires, 27 de agosto de 2019 VISTO:

El recurso de hecho deducido por la parte demandada a fs.20/23vta., habida cuenta la denegatoria de la apelación de-

ducida a fs. 7/9 (ver fs.11vta.); Y CONSIDERANDO:

Que, la recurrente cuestionó la resolución de la Sra.

Jueza “a quo” que, con sustento en el art. 242 del C.P.C.C.N.

desestimó la apelación interpuesta en el expediente principal (ver fs. 11vta., 20/3vta. y 25).

Que, en atención al planteo en tratamiento se han remiti-

do las actuaciones al F. General ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, quien se pronunció mediante el dictamen Nº 90.917 del 24 de mayo de 2019 (ver fs. 29/vta.), cuyos términos se comparten y se dan por reproducidos en honor a la brevedad.

Que, concordantemente con lo expuesto por el Sr. F. General, cabe señalar que nos encontramos ante un juicio de apremio y, por ende, rige lo dispuesto por el art. 145 de la L.O. y su remisión a los arts. 604 y 605 del C.P.C.C.N., re-

sultando innegable el desplazamiento del diseño de la L.O.

Que en ese orden de ideas, la apelación ha sido bien re-

chazada, toda vez que la resolución que se pretende impugnar es inapelable por el monto.

Fecha de firma: 27/08/2019 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA #33244485#229020864#20190827114445636 Por ello, y lo...

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